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Juicio a los Pujol

Los peritos de la defensa avalan la labor de "facilitador" de Pujol Ferrusola porque cobró por sus servicios

Los expertos de la defensa intentan contrarrestar las conclusiones de la fiscalía y la Abogacía del Estado defendiendo el "extrordinario" papel de "conseguidor" del hijo mayor del expresidente catalán

Los peritos de Hacienda tachan de "prestación de servicios inexistentes" las supuestas intermediaciones de Pujol Ferrusola por las que cobró millones

Jordi Pujol Ferrusola, hace unas semanas entrando en la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares.

Jordi Pujol Ferrusola, hace unas semanas entrando en la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares. / José Luis Roca / EPC

Madrid

Los peritos de la defensa han rebatido este miércoles las afirmaciones de los inspectores de Hacienda, consistentes en calificar de "prestación de servicios inexistentes" las supuestas intermediaciones de Jordi Pujol Ferrusola, por las que el primogénito del expresidente de la Generalitat Jordi Pujol Soley percibió cuantías millonarias. El primero en intervenir ante el tribunal de la Audiencia Nacional ha asegurado que la labor realizada por el mayor de los Pujol como "conseguidor o facilitador" fue "extraordinaria", lo que, en su opinión, se comprueba por el "éxito del negocio" que tuvieron las empresas a las que informó y, sobre todo, porque estas le acabaron pagando lo acordado. En la sesión se ha evidenciado el choque de trenes habitual entre los peritos de la defensa y los funcionarios de la Agencia Tributaria, en los que se apoyan la fiscalía y la Abogacía del Estado. Los expertos analizaron de forma pormenorizada las operaciones y movimientos de fondos bajo sospecha.

Frente a la sesión del martes, en la que la declaración de los funcionarios de la Agencia Tributaria supuso un espaldarazo a las tesis del fiscal anticorrupción Fernando Bermejo y de los abogados del Estado, en la de este miércoles el protagonismo ha sido para los expertos propuestos por los abogados de los imputados con argumentos radicalmente contrarios. El experto Sebastián Piedra Arjona ha explicado que la labor desarrollada por el principal acusado es un "servicio personalísimo que puede prestarse en el contexto de una persona jurídica", que en el caso de Pujol Ferrusola eran sus empresas, Iniciatives Marketing (Imisa) y Project Marketing.

"Si pagan, pagan por algo"

Según el experto, "la Agencia Tributaria concluye que es una actividad de un carácter personalísimo que normalmente se realiza con carácter societario. La discrepancia es el contenido de la actividad", pero, tras analizarla, considera que "la prestación de servicios" realizada "es perfectamente factible, válida y de mercado". Ha añadido que la retribución por esta actividad "viene rondando los 140.000 euros anuales". Y, a diferencia de Hacienda, no tiene duda de "la prestación del servicio", porque para "con quien lo presta nunca la hubo", porque siempre le pagó. "Si hay pago, el que paga paga por algo", ha insistido a preguntas del fiscal Anticorrupción. A las de la Abogacía del Estado, otro de los peritos de la defensa ha señalado que aunque el dinero cobrado por Pujol Ferrusola procediera de mordidas, debería declararse como “compensación económica”; en este caso, ha dicho, no hubo ocultación, porque los ingresos se declararon a Hacienda.

Los peritos de la Agencia Tributaria comparecen de forma conjunta ante el tribunal que juzga a los Pujol

Los peritos de la Agencia Tributaria comparecen de forma conjunta ante el tribunal que juzga a los Pujol / EPC

En este sentido, ha justificado que no hubiera contrato ni correos electrónicos ni prueba alguna de la actividad desarrollada, porque consiste precisamente en una "red de contactos, de agenda, de información. Se ha hablado de conseguidor, de proporcionar algo que tiene un extraordinario valor para las compañías que lo reciben. No suele existir un contrato como tal a no ser que se deba prestar un servicio de carácter previo", ha afirmado Piedra Arjona, argumentos que han sido reafirmados por sus compañeros, que han incidido en que los "servicios fueron reales", ya que las facturas eran por importes "elevados" y las empresas pagan. "El pago es la comprobación de que la operación existe", han insistido.

Por su parte, el inspector de la Agencia Tributaria ha vuelto a calificar de "simulación" el servicio supuestamente prestado por Pujol Ferrusola, al no contar con medios en sus sociedades, a las que ha definido como un "cascarón". Para reforzar sus argumentos frente a los de los peritos de la defensa se ha remitido a otras sentencias de la propia Audiencia Nacional, como la del caso Nummaria, en la que fue absuelta la actriz Ana Duato. En esa resolución se afirmaba que cuando la sociedad no aporta nada a la labor desarrollada por la persona es "una simulación". Y ha tildado los ingresos de Pujol Ferrusola de "ganancia patrimonial no justificada".

Prueba conjunta

A partir de ahí los peritos procedieron a analizar operación por operación, chocando una y otra vez, al ser sus conclusiones diametralmente opuestas. En cuanto a la compra de Inter Rosario, la sociedad gestora del puerto de Rosario, en Argentina, el técnico de Hacienda ha explicado que practicó un "levantamiento del velo", para determinar quién hay realmente detrás de una sociedad, ya que consideró sospechoso que la participación fuera adquirida por Mercè Gironès con un cheque que salía de una cuenta que compartía con su entonces marido, Jordi Pujol Ferrusola. A ello se sumaba que el dinero procedía de un préstamo de Imisa, lo que en su opinión demuestra la existencia de que mantenían una caja única. Los expertos de la defensa, por su parte, sostuvieron que la actividad de un holding pasa por gestionar su participación, no en gestionar la actividad propia de la compañía, por lo que la conducta del matrimonio en esta operación fue plenamente legal.

El tribunal de la Audiencia Nacional que está juzgando a la familia Pujol se ha esforzado en que todos los peritos declaren operación por operación para que sus explicaciones les ayuden a la hora de dictar sentencia. La semana del 27 de abril declararán, en un principio, tanto la familia Pujol como los empresarios investigados. El calendario fija el 14 de mayo como la última sesión, aunque todo dependerá de lo que se alarguen los informes finales de las acusaciones y de las defensas.

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