Tribunales

Anticorrupción pide 15 años de cárcel para Fernández Díaz por el espionaje a Bárcenas

Los fiscales Miguel Serrano y César de Rivas reclaman también otros 15 años para el ex número dos de Interior Francisco Martínez y para el ex director adjunto operativo de la Policía Eugenio Pino

Varapalo judicial para el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz

Agencia ATLAS

Cristina Gallardo | Tono Calleja Flórez | Ángeles Vázquez

La Fiscalía Anticorrupción ha reclamado 15 años de cárcel para el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz, para su entonces 'número dos' Francisco Martínez y para el director operativo de la Policía Eugenio Pino por el presunto espionaje en 2013 y 2014 al extesorero del PP Luis Bárcenas.

Así consta en un escrito dirigido al juez que instruye en la Audiencia Nacional el caso Kitchen, Manuel García Castellón, en el que se concluye que su actuación debe ser castigada como encubrimiento, malversación y delitos contra la intimidad y también se reclaman condenas por los mismos tipos penales para los comisarios José Manuel Villarejo (19 años), Enrique García Castaño (12 años y 6 meses), Andrés Manuel Gómez Gordo (15 años) y Marcelino Martín-Blas (éste último sólo por encubrimiento a un total de 2 años y 6 meses). Para el exchófer de Bárcenas Sergio Javier Ríos Esgueva, que después fue nombrado funcionario de Policía, se reclaman 12 años y 5 meses y 15 días de prisión.

Coincidiendo con la presentación de este escrito, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha hecho público un auto en el que rechaza el recurso de Podemos, al que se adhirieron la Fiscalía, la Abogacía del Estado y el PSOE, en el que se pedía la apertura de esta causa para investigar a la que fuera secretaria general del PP María Dolores de Cospedal.

Por lo que se refiere al documento presentado por el Ministerio Público, se ha dado a conocer un día después de que el instructor dictara una providencia en la que daba un plazo máximo de veinte días a los fiscales encargados de las pesquisas Miguel Serrano y César de Rivas para que solicitaran la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o en su caso el sobreseimiento de la causa.

Cúpula de Interior

El relato del fiscal fija el inicio de esta operación en la primera mitad del año 2013, cuando "desde la cúpula del Ministerio del Interior", encabezada por el ministro Fernández Díaz; el secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez Vázquez y el entonces director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, Eugenio Pino "se ideó, sin que pueda descartarse además la intervención de otras personas de diferentes instancias, una ilícita operación policial de inteligencia".

La acusación que ejerce el  PSOE en el caso Kitchen ya solicitó 48 años y cuatro meses de prisión por una decena de delitos para Fernández Díaz, a quien, como responsable de Interior cuando sucedieron los hechos, le considera máximo responsable del dispositivo parapolicial montado para presuntamente espiar a Bárcenas con el objetivo de intentar quitarle la documentación que probara la existencia de una caja b en el PP.

Por su parte, Podemos pidió que Fernández Díaz sea condenado a 41 años de cárcel. También pidió que el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy, su ex 'número dos' Soraya Sáenz de Santamaría y la ex secretaria general del PP María Dolores de Cospedal testifiquen en el futuro juicio.

Del total de procesados contra los que se dirige el fiscal, sólo se exige el pago de indemnizaciones en el caso de siete de ellos. Queda exento el que fuera jefe de Asuntos Internos de la Policía Marcelino Martín Blas, pues para él únicamente se pide condena por encubrimiento.

Para los demás, el Fiscal pide que sean condenados a indemnizar al matrimonio integrado por Bárcenas y Rosalía Iglesias con 9.000 euros; a los que deben sumarse otros 57.943 euros como indemnización al Estado a los que deberán hacer frente el exminstro, su mano derecha y el ex DAO Eugenio Pino, de forma conjunta y solidaria con el resto.

El texto incide en que los encausados no compartieron en ningún momento con los investigadores del caso Gürtel -ni con la UDEF, ni con el Ministerio Fiscal ni con el Juzgado de Instrucción- la operación policial de inteligencia que llevaron a cabo contra los Bárcenas, y la finalidad de mantener esta información oculta no era otra que impedir que la causa judicial alcanzara a los dirigentes del Partido Popular.

El relato de hechos del escrito de acusación desgrana todas las actuaciones realizadas para apoderarse de los documentos que pudiera tener Bárcenas relativos a la Gürtel tanto en el momento en el que se encontraba en libertad como durante su estancia en la prisión de Soto del Real (Madrid), así como la entrada en el local de calle General Díaz Porlier en el que su esposa Rosalía Iglesias tenía un estudio de pintura y restauración, y las vigilancias realizadas sobre la pareja. Igualmente, se constata la captación de su chófer, Sergio Ríos, y cómo éste fue compensado con 2.000 euros mensuales con cargo a los fondos reservados del Ministerio del Interior- entre el mes de julio del año 2013 y el mes de septiembre del año 2015.

Tres policías quedan fuera

Anticorrupción no encuentra indicios de la intervención en esta operación de otros tres policías que hasta ahora estaban siendo investigados, que son el que fuera jefe de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía Nacional, José Luis Olivera y los inspectores jefe José Ángel Fuentes Gago y Bonifacio Díez Sevillano. No obstante, estos tres mandos policiales sí fueron incluídos por el instructor entre los procesados y se piden para ellos penas de prisión por parte de otros personados en esta causa.

En el caso del primero, la Fiscalía no encuentra indicios suficientes que justifiquen una petición de penas pese a sus "frecuentes contactos" con el comisario Villarejo, evidenciados en las agendas del comisario. No se ha podido acreditar que Olivera 'controlara' al chófer del tesorero del PP ni le realizara pago alguno o incrementara su patrimonio al intervenir en estas operaciones, aunque sí parece haber conversaciones en las que parece ser conocedor de las mismas cuando el asunto saltó a la prensa.

Sobre los inspectores, la Fiscalía apunta que en agosto de 20015 recibieron un correo de la Dirección Adjunta Operativa (DAO) con información de determinadas investigaciones, una de las cuales, relativa a la 'kitchen', hacía constar al mismo tiempo que ésta presentaba coincidencias con la instrucción de la trama Gürtel en la Audiencia Nacional. Este único dato, a juicio de Anticorrupción, no es suficiente para apuntar que ninguno de ellos participara en ninguna de las actuaciones llevadas a cabo por los encausados para obtener información y documentación del entorno de Luis Bárcenas y su familia.

Cerrojazo a investigar a Cospedal

En cuanto al auto de la Sala, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirman el cierre definitivo de la instrucción de Kitchen acordado por el juez Manuel García Castellón.

El recurso sostenía que la aparición de nuevos elementos indiciarios -varios audios con conversaciones grabada por Villarejo- venían a acreditar la participación de miembros relevantes de la dirección del Partido Popular, y en concreto de su entonces secretaria general.

Sin embargo, los magistrados se remiten a lo ya dicho en otros recursos anteriores que también buscaban involucrar en el caso tanto a Cospedal como a su marido, el empresario Ignacio López del Hierro.

A este respecto, señalan que las anotaciones de la agenda del investigado José Manuel Villarejo y mensajes a través del teléfono "no son suficientes indicios de participación de (…) Ignacio López del Hierro o María Dolores de Cospedal en los hechos toda vez que quedan debilitados por los testimonios de los investigados José Manuel Villarejo, Sergio Ríos y Andrés Manuel Gómez Gordo, unido al reconocimiento de los dos primeros de sus reuniones con José Manuel Villarejo por cuestiones al margen de los hechos investigados”.

 Añaden sobre los audios que “se desconoce si las conversaciones que contienen, cuando no están evidentemente cortadas, están completas y se desconoce el contexto en que se produjeron, esencial para poder interpretarlos". Por ello no se excluye la duda razonable de un resultado valorativo diferente al que hace la apelante y las adheridas”.