La Audiencia de Castellón albergó en la mañana del lunes la última sesión del juicio del caso Castor. En el capítulo de conclusiones, la Fiscalía retiró el término de "riesgo catastrófico" de las acusaciones al considerar que no se ha acreditado. No obstante, mantiene la petición de seis años de cárcel por delito medioambiental para Recaredo del Potro y José Luis Martínez Dalmau, expresidente y ex consejero delegado de Escal UGS, la empresa que impulsó el almacén de gas Castor, frente a la costa de Vinaròs.

El juicio, tras las conclusiones defendidas por todas las partes, quedó visto para sentencia. Fiscalía se reafirmó en su petición de condenar a los dos acusados pese a la retirada del término "riesgo catastrófico". Según el ministerio fiscal, los directivos de Escal adelantaron los tiempos de las pruebas de inyección para lograr la inclusión definitiva de la plataforma Castor en el sistema retributivo, e infringieron por ello los reales decretos de concesión. "La actividad se realizó en los términos que no estaba autorizada", insistió. También criticó que no se realizara "la evaluación de riesgos adecuada2, les acusó de ocultar información a las autoridades e instó a no minimizar el daño causado a la población "afectada". "Es incuestionable que afectó al bienestar y la calidad de vida", dijo.

Distinta visión

Esta visión de los hechos fue rebatida por los tres abogados defensores de Del Potro, Martínez Dalmau y Escal. Apuntaron que la acusación de la Fiscalía se construye "en base a un sesgo retrospectivo" y que "carece de prueba de cargo". Defendieron que la empresa actuó de forma diligente y prudente. "Escal cumplió los estándares más elevados de la industria", aseguraron. Además, remarcaron que "ninguno de los acusados tomaba decisiones operativas, sino que confiaban en el buen desempeño de los expertos", después de detallar el organigrama de la empresa.

Las defensas también negaron otra de las acusaciones de Fiscalía: "No hubo ocultación de información». Para ello recordaron los correos y las llamadas acreditadas entre los directivos de la compañía y las diferentes administraciones estatales, autonómicas, provinciales y locales. «Escal actuó con transparencia y sin infringir ninguna norma", subrayaron las defensas.

Además se explicó, como ya ocurriera durante varias sesiones del juicio, que en los primeros momentos de microsismicidad se disminuyó el caudal de inyección. En esos instantes la presión registrada era mucho menor del límite seguro marcado por el Instituto Francés del Petróleo y los seísmos se ubicaban muy por debajo del yacimiento. "Se rebajó el caudal de la inyección, Escal actuó de forma responsable", insistieron.

Sin delito 

La defensa apuntó que no puede existir delito porque "no se creó un riesgo contra el medioambiente". Para ello se apoyó en la baja intensidad de los seísmos («apenas sentidos o levemente sentidos», según el Instituto Geográfico Nacional), "no aptos para producir daños a las personas ni a las cosas ni riesgo al medio ambiente". Apuntaron que la sismicidad «fue acorde» a la natural y similar a otras registradas en el territorio anteriormente. La peligrosidad sísmica en la zona de la plataforma Castor, según los organismos oficiales, "no solo no aumentó sino que disminuyó". 

En cuanto a la evaluación de riesgo, indicaron que por parte de Escal fue "profunda", atendiendo a "los mejores expertos". "Alcanzó el conocimiento científico más avanzado posible" en el momento de los hechos juzgados, en 2013. Aseguraron que obraron "conforme a parámetros de riesgo permitido", y recordaron que fue un proyecto autorizado por la administración. En cuanto a la supuesta aceleración de plazos por intereses económicos, afirmaron que "no había ningún beneficio económico que dependiera de esa fase de inyección" y que "la capacidad autorizada se podía sobrepasar". "La resolución de autorización es un acto administrativo, no una norma", finalizó la defensa de Escal. 

ACUSACIÓN PARTICULAR

La acusación particular mantuvo su petición de cinco años de cárcel para los directivos de Escal, e indemnizaciones para los 128 afectados de la asociación Aplaca, pese a que las defensas subrayaron que "las reclamaciones de daños materiales y morales no han sido acreditadas por ningún medio objetivo". Aplaca reclama, en total, 1,8 millones de euros por el "daño moral" provocado por los seísmos de 2013. 

La letrada de la acusación aseguró en sus conclusiones que "la monotorización fue insuficiente y poco eficaz" en Castor y que "ha quedado probada la relación entre inyección y sismicidad". Lamentó "la obligación de reducir de 124 a 4 los testigos" solicitados por su parte, y defendió que el daño moral "es un concepto jurídico, no médico". Recordó asimismo que 15 de los 552 seísmos fueron «sentidos» y que se produjo una situación de "angustia generalizada" en la zona del norte de Castellón y el sur de Tarragona, en una población "no acostumbrada" a este tipo de movimientos de la tierra.

Las defensas, en cambio, indicaron que "no se ha acreditado ningún daño moral ni material". Como diferentes peritos habían sostenido en sesiones anteriores, señalaron que los desperfectos alegados obedecían a problemas normales de mantenimiento por el paso del tiempo o a deficiencias constructivas. "La dispersión geográfica" de las reclamaciones, añadieron, "carece de sentido". "Se generó una alarma desproporcionada de la que nacieron reclamaciones de todo tipo que carecen de fundamento", añadió uno de los letrados, que habló de "fenómeno de sugestión inducida".

"Todo ha de probarse y nada se ha acreditado, ni un solo informe médico o psicológico", afirmó. "Los daños morales son algo muy serio con lo que no se debe frivolizar y Aplaca ha frivolizado", finalizó al respecto.