La Fiscalía ha respaldado la limitación de las reuniones a seis personas y del 50 % de aforo en actos religiosos y ceremonias civiles que la Generalitat ha planteado ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) para evitar la propagación del coronavirus, una vez decaiga el estado de alarma.

La Fiscalía ha presentado esta mañana ante la sala contencioso-administrativa del TSJC un informe favorable a las medidas presentadas por la Generalitat, que una vez finalizado el estado de alarma requieren el aval judicial puesto que afectan a derechos fundamentales.

Concretamente, el Govern ha pedido autorización al TSJC para poder limitar las reuniones a un máximo de seis personas, tanto en el exterior como en el interior, y mantener el aforo del 50 % en los actos religiosos y ceremonias civiles.

Las medidas que debe autorizar la justicia son aquellas que suponen una limitación de derechos fundamentales, aunque las que afectan a horarios comerciales u otro tipo de restricciones también podrían acabar también en manos del TSJC si alguna entidad o ciudadano las impugna ante el alto tribunal.

El ministerio público admite en su informe que las medidas anti-covid pueden comportar unas limitaciones en el ejercicio de determinados derechos fundamentales, especialmente la libertad de circulación y la de reunión.

Y advierte de que esas medidas no pueden implantarse de forma "generalizada, sino proporcionada a la necesaria preservación de la salud del conjunto de los ciudadanos y circunscrita a determinados sectores de actividad, áreas geográficas limitadas o actividades con importante riesgo de contagio".

Esa proporcionalidad, considera la Fiscalía, se cumple en el caso de las restricciones planteadas por la Generalitat, teniendo en cuenta que están motivadas por la "necesidad de proteger la salud de la población".

Según el ministerio público, "es pública y notoria la elevada capacidad de expansión de la enfermedad y la existencia de un riesgo inminente y extraordinario para la salud pública que exige adoptar medidas que impidan una propagación de la enfermedad, como la sufrida en anteriores meses".

En ese sentido, recuerda el informe que "la experiencia a nivel nacional e internacional ha demostrado que las medidas preventivas de reducción de la movilidad y contacto entre personas han sido efectivas en la contención de la transmisión de la enfermedad".

Una vez valore el escrito de la Fiscalía y el del Govern -que adjunta un informe de la Agencia de Salud Pública-, el TSJC decidirá si avala las medidas anti-covid que el Govern tiene previsto empezar a aplicar a partir del próximo lunes.

La Generalitat ha descartado prorrogar el toque de queda nocturno y tampoco restringirá la movilidad -cae el confinamiento perimetral de Cataluña-, pero ha adoptado otras medidas que no afectan a derechos fundamentales, como limitar hasta las 23 horas el horario de los restaurantes.

En cambio, el ocio nocturno seguirá cerrado de manera que, si bien en la medianoche del sábado al domingo ya habrá libertad de movimiento en las calles de Cataluña porque decae el toque de queda, no habrá ningún local abierto.

En el caso de que el TSJC rechace avalar las medidas, el Consejo de Ministros aprobó el pasado martes un real decreto que permite a las autonomías recurrir en casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo.