La Audiencia Provincial de Sevilla ha impuesto veintitrés años de cárcel a un hombre, E.V.T., que asesinó a su esposa en Dos Hermanas de nueve hachazos en la cabeza, tras darle antes "múltiples puñetazos y patadas", por "el mero hecho de ser mujer" y no acatar su "imposición" de que no saliera sola de casa.

En la sentencia, de 16 de abril y facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado también condena a E.V.T. a indemnizar con 300.000 euros a dos de sus tres hijas, ya que la tercera no ha reclamado nada, por un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con las agravantes de parentesco y género y las atenuantes de confesión, reparación del daño y alcoholismo.

El jurado, que pronunció su veredicto de culpabilidad el 16 de marzo, consideró probado que el acusado, que llevaba 47 años casado con la víctima, ejecutó los hechos sobre las 15.30 horas del 26 de enero de 2019, después de volver a casa tras tomar cuatro copas de manzanilla en una asociación de vecinos y un bar, aunque ese alcohol sólo le afectó "levemente".

La mujer le dijo que "llegaba tarde" y entonces "comenzaron a discutir", según la sentencia, quiso abandonar la vivienda, pero su marido cerró la puerta con llave y le advirtió "tú no te vas hoy por ahí, hoy vas a ir conmigo" y "con ánimo de dominar a su esposa y acabar con su vida", le tapó la boca "con gran fuerza e intensidad", la agarró "fuertemente" por el cuello y le dio "puñetazos" en la cara, los ojos, la nariz y la boca.

La mujer escapó y bajó las escaleras hacia el sótano pero el acusado la interceptó y siguió golpeándola "por todo el cuerpo" y rompió las gafas de su cónyuge, que sufrió "aturdimiento y confusión" porque padecía hipermetropía y sin las gafas "sólo podía percibir bultos y formas, lo que impedía toda posibilidad de defensa". "Consciente de lo que hacía y con el propósito de causar la muerte a su esposa", el encausado cogió un hacha y asestó nueve golpes a su pareja en la cabeza, "hasta que se cansó y vio que no respiraba" y, según la sentencia, la mató tras provocarle hasta 94 lesiones.

La Audiencia aplica la agravante de discriminación por razón de género porque el acusado mató a su esposa "para demostrar su pretendida superioridad y negarle la mínima autonomía y capacidad de decidir precisamente por su género". Tras asesinar a su mujer, E.V.T. llamó a la única hija que no lo ha acusado, le dijo "me parece que he matado a tu madre" y después lo contó al 112 y a los policías que acudieron la vivienda, a quienes indicó el lugar del crimen.

Las dos hijas que sí lo acusaron pidieron para su padre la prisión permanente revisable al considerar que su madre era especialmente vulnerable por su discapacidad visual, pero la Audiencia rechaza tal pretensión y alega que la indefensión era el fruto de un "conjunto de circunstancias", no sólo de esa "limitación".