El abogado Emilio Rodríguez Menéndez volverá el próximo 6 de mayo al banquillo de los acusados por la presunta comisión de un delito de estafa a unos inversores con un falso negocio en Buenos Aires (Argentina) de compra y venta de petróleo.

En su escrito de acusación, al que tuvo acceso Europa Press, el fiscal acusa al abogado de un delito de estafa, por el que le pide cuatro años de cárcel y multa de diez meses a razón de una cuota de 12 euros (3.600 euros). Rodríguez Menéndez deberá indemnizar a los estafados un total de 73.700 euros.

El juicio se celebrará el próximo 6 de mayo en la Audiencia Provincial de Madrid, según han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas. El abogado, que sigue ejerciendo la Abogacía en Madrid, ha sido condenado en dos ocasiones por un delito contra la intimidad, en 2002, y por un delito contra Hacienda, en 2005.

Tras decretarse su ingreso en prisión, el abogado huyó del país durante un permiso carcelario y se refugió en Argentina, siendo detenido dos meses después. Ingresó en una cárcel Argentina y fue puesto en libertad.

Según el relato del fiscal, el acusado contactó con I. S. M. con el fin de proponerle un negocio consistente en la compra/venta y suministro de petróleo con la entidad estatal energética YPF en Buenos Aires dada "la alta rentabilidad del negocio, actividad en la que, fingiendo sus contactos en Argentina, intervendría como intermediario y que realizó con el inicial ánimo de quedarse con el dinero".

Para ello I. S. M., A. L. E. O., C. R. C. y J. V. LA I. hicieron entrega al acusado de diversas cantidades de dinero de hasta 11.000 euros en el despacho del acusado situado en Madrid.

El primer pago se realiza el 2 de julio de 2014 con la entrega al acusado de la cantidad de 4.700 euros en efectivo. Dichas sumas de dinero se entregan con la finalidad de cubrir los gastos para la constitución de tres sociedades, capital social, pago de impuestos, viajes y otros conceptos.

Todo ello "siendo el acusado quien representaría en forma legal a dichas sociedades y además tramitaría y gestionaría el proyecto de negocio de suministro energético".

"Estas tres sociedades se constituirían con el fin de que a través de ellas se procediera a la compra/venta y suministro de petróleo con la entidad estatal energética YPF2, señala el escrito.

El fiscal apunta que el acusado, guiado por el propósito de obtener un enriquecimiento injusto, "una vez recibidas las cantidades no las depositó en ninguna entidad financiera y se las quedó para sí".

Las sociedades no fueron dadas de alta en el AIFP (Administración Federal de Ingresos Públicos de la República de Argentina) y no fueron registradas en el CUIT (Código Único de Identificación Tributaria que se utiliza en el sistema tributario de la República Argentina para poder identificar inequívocamente a las personas físicas o jurídicas autónomas, susceptibles de tributar).