La Audiencia de Alicante ha condenado a un sexagenario de origen británico a cuatro años de cárcel por un delito de abusos sexuales cometido sobre la nieta de su esposa, cuando la víctima tenía 14 años.

Los hechos se produjeron en la noche del 8 al 9 de septiembre de 2018, cuando la menor se encontraba en el domicilio de su abuela, situado en el municipio alicantino de l'Alfàs del Pi.

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Alicante considera probado que, durante esa madrugada, el acusado se introdujo en la habitación en la que dormía la menor y le practicó tocamientos en la vagina hasta en dos momentos distintos.

No obstante, la sentencia resuelve que no se ha podido acreditar que en esos abusos existiese acceso carnal, como sostenían tanto la Fiscalía como la acusación particular.

Las dos acusaciones pedían para el procesado una pena de 12 años de reclusión como responsable de un delito continuado de abuso sexual.

Sin embargo, el tribunal rechaza que los tocamientos registrados pudiesen considerarse un delito continuado, "al haberse producido un único episodio de acometimiento sexual", por lo que, entiende, "no es posible afirmar que el procesado haya realizado una pluralidad de acciones", según indica la resolución judicial.

Por su parte, la defensa del acusado solicitaba su libre absolución, al aducir que no hubo tales tocamientos.

De hecho, durante su declaración en el juicio, el acusado admitió que había accedido hasta en cuatro ocasiones al dormitorio en el que se encontraba la nieta de su esposa, pero negó que haberla tocado ni haber abusado sexualmente de ella.

En la sentencia, el tribunal no da credibilidad a su declaración a la vista de la versión defendida tanto por la víctima como por su hermano, que también pasó la noche en el domicilio de su abuela y fue quien alertó de lo sucedido a su madre, a través de una llamada telefónica, lo que propició que ella acudiese a recogerlos.

Así, la sala considera que la declaración de la menor "es persistente" respecto a las manifestaciones formuladas a lo largo del proceso y concluye que, al contar lo sucedido, no actuó movida por "ningún ánimo espurio" con la intención de causar perjuicio al acusado.

El tribunal también subraya que los agentes de Policía Nacional que se personaron en el domicilio de la menor ratificaron en el juicio que la víctima "se encontraba en estado de shock, incapaz de hablar, muy nerviosa y llorando en el interior de la vivienda hasta que llegó la ambulancia".

Así, declararon que el acusado acudió al domicilio de la víctima pocos minutos después, por lo que procedieron a su detención sin que él mostrase "sorpresa alguna".

Mientras, el médico forense que reconoció a la menor la misma noche de los hechos concretó que "estaba avergonzada y muy afectada".

Por todo ello, la sentencia condena al acusado a cuatro años de privación de libertad, de los que ya habría cumplido dos, al permanecer en prisión desde el momento de su arresto. Además, le impone una medida de alejamiento por otros seis años.