El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad admitir a trámite una cuestión planteada por el Supremo para determinar si se ajustan a la Carta Magna las sanciones a medios de comunicación por publicar entrevistas en lasmedios de comunicación jornadas de reflexión electorales.

El Tribunal Supremo acudió el pasado mes de febrero al TC para que aclare la constitucionalidad de sanciones por infracciones recogidas en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Lo hizo al analizar la multa de mil euros impuesta por la Junta Electoral Central al director del diario ABC por publicar una entrevista a la actual líder de Ciudadanos, Inés Arrimadas, en la jornada de reflexión previa a las elecciones de Cataluña de 2017.

la Junta Electoral Central impuso dicha sanción por incumplimiento de la prohibición de hacer campaña electoral durante la jornada de reflexión.

En concreto La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo planteó una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 153.1 de la LOREG en relación con el 53 y el 50.4 de la misma norma y con el 34 y el 39 de la Ley de Prensa e Imprenta.

Para el Supremo estos preceptos podrían infringir los principios de seguridad jurídica, taxatividad de las disposiciones sancionadoras y precisión en la determinación de las sanciones.

Ahora en una providencia el Pleno del TC acuerda de forma unánime admitir a trámite esta cuestión de inconstitucionalidad y dar traslado de las actuaciones al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno y a la Fiscalía General del Estado para que en el plazo de quince días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

Asimismo El TC comunica al Tribunal Supremo que el proceso permanecerá suspendido hasta que resuelva definitivamente la cuestión en la sentencia que dicte en su día, cuyo ponente será el magistrado Cándido Conde-Pumpido.