El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha sentenciado este jueves que el líder de ERC, Oriol Junqueras, debería haber sido reconocido como eurodiputado tras su elección en las pasadas europeas del 26 de mayo y, por tanto, gozaba de inmunidad parlamentaria desde que la Junta Electoral Central proclamó oficialmente los resultados el pasado 13 de junio.

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"Una persona que resulta elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución por el hecho y desde el momento de la proclamación de los resultados electorales, de modo que goza de las inmunidades reconocidas por el artículo 9 del protocolo" del Parlamento Europeo, señala la sentencia que precisa el alcance personal, temporal y material de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento Europeo.

Dicha inmunidad, prosiguen los jueces, "implica el levantamiento de la medida de prisión provisional impuesta al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas". No obstante, "si el tribunal nacional competente estima que debe mantenerse la medida de prisión provisional, tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento Europeo, tiene que solicitar a la mayor brevedad posible al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad".

Lectura en castellano

La sentencia responde así a las tres preguntas prejudiciales planteadas por el Tribunal Supremo tras el recurso presentado por Junqueras y le da la razón en las tres: tenía la condición de eurodiputado mientras estaba en prisión preventiva, debería haber gozado de inmunidad y tendría que haber sido liberado para acudir a la sesión constitutiva de la Eurocámara.

Ha sido el presidente del TJUE, Koen Lenaerts, el encargado de leer en castellano unos párrafos de la sentencia emitida este jueves por la Gran Sala del TJUE, de la que forman parte 15 jueces, y que supone un correctivo no solo para la máxima autoridad española sino también para los servicios jurídicos de la Comisión Europea y el Parlamento Europeo que defendieron al igual que España que no tenía inmunidad parlamentaria.

EL TJUE considera que Junqueras tiene inmunidad parlamentaria

EL TJUE considera que Junqueras tiene inmunidad parlamentaria

Lectura de párrafos de la sentencia. Vídeo: Agencia ATLAS. Foto: EFE.

La proclamación de Junqueras como eurodiputado se produjo el pasado 13 de junio. Un día después el líder catalán pidió un permiso extraordinario para salir del centro penitenciario en el que se encontraba recluido en prisión preventiva en el marco del procés y acudir al Congreso a cumplir con la formalidad de acatar la Constitución española, tal y como exige la ley electoral, y desplazarse a la Eurocámara para participar en la sesión constitutiva que tuvo lugar el 2 de julio en Estrasburgo.

Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó en un auto la solicitud y decidió plantear varias cuestiones prejudiciales al TJUE para determinar el alcance de la inmunidad reconocida a los electos al Parlamento Europeo. Antes de la sentencia emitida este jueves, el líder político catalán fue sentenciado a una pena de 13 años de cárcel y al mismo número de años de inhabilitación.

La sentencia de la Gran Sala avala así la tesis defendida por el abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, cuyo dictamen provisional el pasado 12 de noviembre ya supuso un varapalo para las autoridades judiciales españolas al concluir que Junqueras debería haber sido reconocido como eurodiputado y haber gozado de inmunidad parlamentaria, al menos hasta que el Supremo condenó al político catalán por sedición y malversación a 13 años de prisión el pasado 14 de octubre.