El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y de los exconsejeros Jordi Turull y Josep Rull, contra la decisión del Tribunal Supremo de procesarles por rebelión y dar el primer paso para impedirles ejercer su cargo público.

En concreto, el recurso se dirige contra el auto de procesamiento dictado por el juez Pablo Llarena que, según los recurrentes, vulnera el derecho fundamental de los diputados del Parlament a ejercer su cargo público en condiciones de igualdad.

Así, el magistrado les procesó por rebelión que, junto a la prisión preventiva, era el primer paso para la suspensión como diputados, que el juez acordó recientemente.

Fue por ello que Puigdemont, Rull y Turull presentaron el recurso al manifestar que se vulneraron sus derechos políticos y al que se adhirieron una treintena de diputados soberanistas que afirmaron verse afectados indirectamente por esa decisión.

El tribunal de garantías aprecia que concurre en el recurso una "especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho constitucional sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".

Ahora, el Pleno requiere a la Sala Penal del Supremo para que, en un plazo que no exceda de 10 días, remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes.

Admisión del recurso de Ciudadanos

Por otra parte, el Pleno ha admitido a trámite también por unanimidad el recurso de amparo de Ciudadanos contra los acuerdos del Pleno y de la Mesa del Parlament de Cataluña de los días 6 y 7 de septiembre de 2017, que calificaban y admitían a trámite la proposición de ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, que ya fueron anuladas por el tribunal de garantías.

Ciudadanos sostiene que en aquella tramitación se vulneraron los derechos de sus diputados a la participación en asuntos públicos en condiciones de igualdad, algo que los magistrados entienden que es de "especial trascendencia constitucional porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales".

El Constitucional pide por ello que se dirija una comunicación al Parlament para que en un plazo que no exceda de 10 días remita certificación o fotocopia de los acuerdos del Pleno del 7 de septiembre sobre la alteración del orden del día, cuando se incluyeron las leyes de desconexión, y sobre la supresión de trámites legales preceptivos y reglamentarios.

También respecto del acuerdo de la Mesa del Parlament de los días 6 y 7 de septiembre sobre denegación del debido traslado de la solicitud de dictamen y sobre la no estimación de la petición de reconsideración contra el acuerdo denegatorio anterior.

Admitido el recurso de Jordi Sànchez

Además, el pleno del Constitucional ha decidido por unanimidad admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Jordi Sànchez contra la decisión del Tribunal Supremo de impedirle acudir al debate de su investidura como presidente de la Generalitat por ser preso preventivo.

El Constitucional, en una providencia, ha aceptado estudiar ese recurso al admitir que tiene "especial trascendencia constitucional", pues plantea "un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal".

Sànchez recurrió en amparo el auto de 18 de junio de 2018 de la Sala de Apelaciones de la Sala Penal del Tribunal Supremo y el auto de 12 de abril de 2018 del magistrado instructor Pablo Llarena que denegaba el permiso a acudir al pleno de investidura o participar en él a través de videoconferencia.

A su juicio, esas decisiones del Supremo vulneran su derecho a la participación en asuntos públicos y el acceso en condiciones de igualdad a los cargos públicos, en relación con la presunción de inocencia y derecho al juez imparcial.

El TC ha reclamado a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que en un plazo de diez días remita los autos mencionados.

Sànchez está en prisión preventiva en relación con la investigación abierta en el Supremo por el "procés" independentista que instruye Llarena, que le denegó acudir al Parlament cuando fue propuesto como candidato.