La fiscal del juicio contra los sindicalistas conocidos como los "ocho de Airbus" ha exculpado de todo cargo a dos de acusados por su actuación en la huelga general de 2010, Edgar Martín y Armando Barco, y ha bajado casi a la mitad, a cuatro años y medio, la petición de pena para los otros seis.

Así, ha reducido su solicitud por el delito contra el derecho de los trabajadores a dos años de prisión y ha pedido retirar la multa, y ha solicitado bajar a un año de prisión la pena por el delito de atentado y a seis meses por cada uno de los delitos de lesiones presentados.

De este modo, cada uno de los acusados se enfrenta a una petición total de cuatro años y medio de prisión por el conjunto de estos delitos.

Cada uno se enfrentaba hasta ahora a una petición de la Fiscalía de ocho años y tres meses de prisión por lo ocurrido en la huelga general del 29 de septiembre de 2010, 64 años en total, en el que se produjeron altercados y una carga policial.

Según el Ministerio Fiscal, los testimonios y pruebas presentados han probado que, durante aquella jornada de huelga se produjeron "hechos constitutivos de delito", principalmente por incumplir el artículo 315.3 del Código Penal que hace referencia a la coacción durante huelgas a aquellos que quieran trabajar.

"Coacción grave de la libertad ajena"

La Fiscalía ha hecho referencia a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en este sentido, así como a la pendiente ley de huelga y ha indicado que los acusados realizaron "tareas que sobrepasan los límites permitidos en el derecho de huelga" puesto que la Ley "condena a los piquetes violentos".

En su declaración, que ha basado en el testimonio de los policías y del trabajador del maletín cuyo intento de entrada formó el tumulto, ha indicado que en la puerta de Airbus aquel día se cometió una "coacción grave de la libertad ajena" con el objetivo de conseguir que "varias personas, contra su voluntad, no trabajasen".

Respecto del que fuera presidente del Comité Interempresas de Airbus en aquel momento, José Alcázar, ha reconocido que tuvo "una actitud conciliadora" pero que anteriormente había incitado al resto de concentrados para que no permitiesen la entrada a la factoría de quienes quisieran trabajar.

También ha indicado que, tanto Alcázar como Enrique Gil, Raúl Fernández, Rodolfo Malo y Jerónimo Martín fueron reconocidos por los agentes por cometer agresiones y proferir insultos, si bien no ha hablado del otro imputado, Tomás García, en ningún momento.

Como atenuante de reparación del daño, ha tenido en cuenta que los acusados pasasen en su momento las reparaciones por las lesiones.

Tras las declaraciones de los abogados de la defensa, el juicio quedará visto para sentencia por el magistrado Abel Téllez.