Así lo ha acordado la sala de lo penal del TS en una sentencia, en la que desestima los recursos interpuestos por los tres jóvenes contra la dictada, en marzo de 2007, por la Audiencia Nacional.

Los acusados lanzaron el 11 de agosto de 2000 varios artefactos explosivos contra un autobús de línea regular a la una de la tarde cuando éste se encontraba en la confluencia de las calles Padre Félix de la Virgen y Andrés Cortina, antes de lo cual obligaron al conductor y a los pasajeros a abandonar el vehículo.

El tribunal tuvo en cuenta que debido al lugar y a la hora del incendio existió grave riesgo para las personas que habitaban los edificios colindantes, así como para los peatones que circulaban por esas calles.

Los recurrentes han alegado que los vestigios corporales obtenidos para identificar a los condenados (una colilla y un esputo) se obtuvieron sin mandamiento judicial y sin estar perfectamente acreditada su motivación.

Al respecto, la resolución señala que las muestras no invaden la integridad corporal por lo que no se necesita autorización judicial.

Gallastegi fue condenado a 26 años por facilitar información al comando de ETA que asesinó el 7 de noviembre de 2001 al magistrado de la Audiencia Provincial de Vizcaya José María Lidón, y es hermano de la etarra Irantzu Gallastegi, en prisión por el asesinato de Miguel Ángel Blanco.