La Audiencia, según la sentencia notificada hoy, considera a ambos autores de un delito de integración en banda armada, de seis asesinatos consumados y de otros 44 en grado de tentativa, además del de estragos.

En el juicio el fiscal pidió 1.243 años de prisión para los dos etarras por esta acción terrorista, en la que fallecieron los seis funcionarios civiles de la Armada que ocupaban la furgoneta.

La sentencia declara probado que ambos acusados integraban en esas fechas el "comando Madrid" de ETA, que tenía alquilados tres pisos en la capital de España.

Olarra y Múgica se ocupaban de hacer vigilancias sobre objetivos de la banda terrorista, según indica la sentencia, que explica que, concretamente, vigilaron y anotaron movimientos de esa furgoneta en determinadas fechas de septiembre y octubre de 1995, según consta en una libreta que fue intervenida en uno de los pisos.

Estas informaciones, indica la sentencia, fueron utilizadas por personas no identificadas para cometer el atentado.

Así, los terroristas estacionaron entre las calles Peña Prieta y Avenida de Albufera un vehículo que había sido robado y al que habían cambiado las placas de matrícula y cargado con entre 40 y 50 kilos de explosivo.

A las 14.50 horas del 11 de diciembre de 1995, cuando la furgoneta circulaba por ese lugar, estas personas no identificadas accionaron el mecanismo explosivo mediante radio control de tal forma que todos sus ocupantes fallecieron y otras 44 personas resultaron heridas.

Como consecuencia de la explosión se produjeron daños en viviendas, zonas comunes y vías públicas, así como en 49 vehículos.

Además de las penas de cárcel la sentencia condena a Olarra y Múgica a indemnizar a los herederos de los fallecidos con cantidades que oscilan entre los 800.000 y los 200.000 euros, mientras que para los heridos en el atentado ordena el pago de entre 90 y 60 euros por cada día de lesión.