La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un vecino contra el auto que no admitió la denuncia presentada contra el alcalde de Murcia, José Antonio Serrano, y varios funcionarios, a los que acusó de prevaricación y coacciones por la ocupación de una parcela ubicada en las inmediaciones del castillo de Monteagudo.

A través de un auto, el tribunal de la Audiencia coincide con el juzgado de Instrucción de Murcia que dictó la resolución recurrida en que los hechos carecen de entidad penal, ya que se trata de una discrepancia sobre el valor de los terrenos expropiados que debe ser resuelta en la jurisdicción contenciosa.

El apelante denunció en un primer momento al alcalde y a la jefa de sección de Expropiación del consistorio, para, posteriormente, ampliar su acción a otros funcionarios municipales.

En su denuncia explicaba que todos ellos podían haber incurrido en los delitos señalados al ocupar su parcela sin contar con autorización judicial y sin haber abonado el justiprecio correspondiente, lo que, añadió, constituía una vulneración del derecho fundamental a la propiedad privada.

Al rechazar la apelación, la Audiencia declara que los hechos denunciados no alcanzan entidad penal alguna, para añadir que el delito de prevaricación exige que la resolución en la que se base sea injusta de manera clara, evidente y grosera, lo que no ocurre en este caso.

Y en cuanto al presunto delito de coacciones, recalca la Sala que el hecho de que se le advirtiera por el órgano expropiante que se podría acudir al uso de la fuerza pública si se oponía a la ocupación de los terrenos tampoco constituye ese ilícito, ya que se amparaba en un acto administrativo ejecutivo