«No se permiten los tatuajes que puedan ser visibles vistiendo las prendas comunes del uniforme del Cuerpo de Policía Local, en sus diferentes tipos y modalidades de uso general». Así se leía en el punto 10 (ya corregido) de la convocatoria de oposición para proveer en propiedad 53 plazas de agente de la Policía Local de Murcia. Estas bases, elaboradas por el Servicio de Personal del Ayuntamiento capitalino, no eran definitivas: se mandaron a los sindicatos para ahora negociar. Al verlas, los colectivos que defienden los derechos de los agentes se fijaron en este punto. Desde el cuerpo, no obstante, explicaron ayer que el punto ya está retirado, aunque ha puesto sobre la mesa una cuestión que también abordaba recientemente la Guardia Civil.

La Consejería de Transparencia tiene previsto regular en breve la norma, con vocación de «espetar la voluntad de los agentes, avanzar en este ámbito al mismo ritmo que lo hace la sociedad», explican desde este departamento.

 La Consejería concreta que «estamos ultimando dos reglamentos que regularán las distinciones y condecoraciones, y el registro de policías locales; ambos verán la luz próximamente. Una vez acabados estos reglamentos abordaremos la actualización del reglamento de bases de selección de personal y el tema de los tatuajes, pero siempre para reforzar el derecho de los agentes a tener tatuajes, salvo que atenten contra los valores constitucionales o los del propio cuerpo. Tenemos que respetar la voluntad de los agentes, avanzar en este ámbito al mismo ritmo que lo hace la sociedad».

Un agente de Policía Local muestra uno de sus tatuajes

En la primera parte del polémico punto 10 se detalla que los aspirantes han de «carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales o a autoridades, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Policía Local en cualquiera de sus formas o que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso». Con estas instrucciones no hay problema alguno.

«Desde Comisiones Obreras mostramos nuestro total rechazo a la segunda parte del punto. Entendemos que alguien que lleve un tatuaje con un significado anticonstitucional no puede ser policía; ahora, no entendemos que se excluya a alguien con un tatuaje sobre su pareja o sobre familiar, por ejemplo, porque eso no ofende a nadie», hacen hincapié desde este sindicato en la Región.

"No afecta al trabajo"

Fuentes policiales aseguran que en las bases para ser municipal en localidades como Yecla, Alhama de Murcia, Cartagena y San Javier, entre otras, no hay referencia alguna a que no se puedan lucir estos dibujos en la epidermis. En Torre Pacheco, por ejemplo, sí la hubo (en las bases de hace dos años), pero se refería a tatuajes «que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso, así como argollas, espigas e inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo los diferentes tipos de uniformes de la Policía Local».

Policías locales de la Región consultados por este diario consideraron que el punto 10 en cuestión es «arcaico» y que ellos no realizan su trabajo mejor o peor en función de «si llevas un tribal en el brazo, que no está ofendiendo a nadie».

En otros cuerpos policiales también hay debate. La aprobación del Real Decreto de Uniformidad permitirá que los agentes de la Guardia Civil puedan tener tatuajes, algo que hasta ahora no estaba permitido en el cuerpo. Lo anunciaba este mismo mes María Gámez, directora general del Instituto Armado, que manifestó que dicho decreto, «próximo a aprobarse», será un salto «cualitativamente muy grande».