La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso de una conductora contra la sentencia de un juzgado de instrucción de esa ciudad que en octubre de 2020 la condenó a pagar una multa de 180 euros por dar una bofetada a otra en una discusión por un aparcamiento.

La sentencia confirma también la indemnización de 210 euros que la denunciada deberá abonar a la perjudicada por las lesiones que le produjo, que tardaron en curar siete días.

El relato de hechos probados señala que en octubre de 2019 en el carril de la Condomina, de Murcia, la denunciante se encontró tras recoger a sus hijos del colegio con que no podía salir porque la acusada había estacionado el suyo detrás.

Se inició entonces una discusión cuando tras pedirle la perjudicada que retirara el coche, la denunciada le dijo que no lo haría porque la otra le había quitado el sitio, y al insistirle aquella que lo hiciera, esta la abofeteó.

En su recurso, la acusada aseguró que el juzgado había incurrido en un error al analizar las pruebas aportadas al juicio y vulneró su derecho a la presunción de inocencia.

La Audiencia dice que hubo prueba de cargo bastante sobre la que sustentar la condena, ya que se contó con la declaración de la perjudicada y un testigo y el parte médico.

El testigo manifestó en la vista oral que aunque no pudo ver la cara, sí observó cómo una mano salía por la ventanilla del coche de la denunciada, su única ocupante, y propinó la bofetada