El titular del Juzgado de Instrucción N.º 8 de Murcia ha condenado a un individuo, cuyas iniciales son I. E. M. A., por golpear y lesionar a dos afectados por el cierre de iDental que se manifestaban en Murcia.

El sujeto tendrá que abonar 90 euros a cada uno de los damnificados, y 120 más en concepto de indemnización a uno de ellos, al que dejó ensangrentado en la vía pública, tras sufrir una contusión nasal.

Según se lee en el relato de hechos probados, el episodio tuvo lugar en enero del año pasado, cuando ambas víctimas participaban en la manifestación de la Plataforma Vecinal de Afectados por iDental de Murcia (PAIM) y el atacante iba en su coche. Cuando pasó con el vehículo, al darle paso la Policía Local de Murcia, el conductor fue "increpado por los manifestantes, llegando alguno de ellos, que no ha podido ser identificado, a golpear el vehículo, causando una abolladura en la puerta delantera derecha que ha sido peritada en 229'68 euros". El hombre "salió del vehículo y se dirigió a los manifestantes, llegando en un momento dado a dar un golpe en el rostro a una mujer". La víctima masculina, "que se manifestaba también esa tarde y que se encontraba con otra parte de los asistentes, se acercó a ellos y tras intentar mediar fue igualmente golpeado en el rostro por el sujeto, concretamente en la zona de la nariz. Los dos heridos hubieron de ser atendidos en un centro sanitario como consecuencia de estos hechos, sufriendo lesiones leves", detalla el documento judicial.

El agresor dijo que se formó "una pelea mutua" en la que él "se defendió", algo que el juez considera que no se sostiene, ya que queda probado que el atacante se apeó del coche para pegar a mujer y, además, él no sufrió herida alguna. Tampoco queda acreditado que los daños en el coche del condenado los causasen las víctimas.

Hernández Benavente, en su despacho de Equi & Lex.

José Manuel Hernández Benavente, abogado del hombre herido, explica que "la defensa del condenado en un primer momento se intentó basar en la figura de 'la legítima defensa', no siendo justificado el que golpearan el coche fuese motivo suficiente para agredir a los manifestantes. También intentó justificar su agresión en que había sido previamente agredido, versión que cambió en el acto del juicio, pues no tenía según el testimonio de los policías signos de lesiones cuando la mujer agredida tenía la cara roja del golpe y mi cliente estaba sentado sangrando con la contusión en la nariz".

"Luego el día del juicio intentó que existieran denuncias cruzadas e imputar a mi defendido un delito de daños patrimoniales, para así no celebrar audiencia y llegar a un acuerdo, cosa que tampoco consiguió", prosigue, e indica que "desde su defensa tampoco se consiguió acreditar que los daños en el vehículo los ocasionará mi defendido por lo que, el denunciante fue absuelto de cualquier denuncia sin fundamento formulada por el denunciado y el denunciado es condenado".

"Lo que sí consta acreditado es que el denunciado agredió a una manifestante y al meterse en medio a separar para que el agresor parase de agredir , recibió un puñetazo en la nariz causándole lesiones. Dichos hechos han sido defendidos por esta parte mediante denuncia inmediata y parte de lesiones. Pienso que su Señoría ha valorado adecuadamente cada una de las pruebas practicadas y motivado su decisión perfectamente y, con esta sentencia, se hace justicia", manifiesta el letrado murciano, del despacho Equi & Lex.