El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una profesora contra la sentencia que respaldó la sanción de suspensión de funciones de quince días que le impuso la Consejería de Educación del gobierno murciano por obstruir el normal funcionamiento de un tribunal de oposiciones del que era la secretaria.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el Juzgado de lo Contencioso de Murcia al que correspondió su demanda declaró probado que a la reclamante se le impuso esa sanción como autora de una falta grave y que a la misma se unió un apercibimiento por una falta leve.

Recogía así mismo la sentencia que la administración decidió imponerle esas sanciones por su actividad obstructiva y su continua oposición y discrepancia en el tribunal, ya que no redactaba las actas de las sesiones, sino solo borradores, y no se preocupó de reservar la comida para sus integrantes, entre otros comportamientos que le fueron achacados.

Señalaba igualmente la sentencia que la falta grave fue consecuencia de la falta de rendimiento que se le atribuyó, y la leve, al descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.

En su recurso ante la Sala de lo Contencioso del TSJRM, esta docente alegó que el juzgado que desestimó su demanda había incurrido en error a la hora de valorar las pruebas aportadas al proceso.

Así, alegó que era sancionada dos veces por los mismos hechos y se quejó de que la comunicación de la resolución del expediente le hubiera sido hecha a través del director del centro educativo donde presta sus servicios, lo que suponía, afirmó, una vulneración de su derecho a la intimidad.

Sobre esto último dice la Sala al desestimar el recurso que era lógico que la comunicación se dirigiera al director, ya que al tratarse de una suspensión de funciones este debía tener conocimiento de la misma, además de que se le comunicó que debía guardar reserva del contenido de la resolución.

También rechaza que hubiera sido sancionada dos veces por los mismos hechos, al referirse las faltas a actuaciones diferentes.