La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por un mozo carretillero contra la sentencia de un juzgado de esta ciudad, que declaró procedente su despido por hablar por teléfono mientras desarrollaba su labor y quedarse a dormir en el vestuario dentro del horario laboral.

La sentencia señala que el juzgado consideró probado que cometió tres faltas, ya que en otra ocasión se marchó de su puesto de trabajo dos horas antes de que finalizara su jornada sin dar explicaciones ni antes ni después, por lo cual el despido estaba justificado.

Afirma el TSJRM que en todas esas ocasiones, el demandante fue sancionado con días de suspensión comunicados a través de otras tantas cartas en las que se relataban los hechos que se le atribuían y “la falta de profesionalidad” que los mismos suponían.

En cuanto a la falta de hablar por el teléfono móvil, se consideró acreditado por el juez que esa actuación se produjo mientras maniobra con una carretilla para cargar un camión, “con el riesgo de accidente que ello suponía”.

La tercera sanción se le impuso porque en otra ocasión, fue hallado dormido en los vestuarios, cuando debía estar en su puesto de trabajo.

La Sala de lo Social, al desestimar su recurso, señala que coincide con el juzgado en que el despido fue procedente, por su reincidencia en falta grave.