La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a un año de prisión y multa de 360 euros a un hombre y una mujer, dueños de un restaurante, por imponer condiciones ilegales de trabajo a cuatro empleados extranjeros, a uno de los cuales, además, el primero agredió con una escoba cuando le reclamó los 750 euros que le debía.

La sentencia señala que los acusados reconocieron los hechos al iniciarse el juicio oral contra ellos y se conformaron con cumplir la pena acordada por el fiscal y la defensa.

Afirma la sala que los hechos se produjeron desde enero de 2013 hasta agosto de 2016, cuando los acusados, que regentaban un restaurante ubicado en Murcia, emplearon a varios trabajadores extranjeros que se encontraban en situación irregular en España y a otros empleados con permiso de trabajo.

Y añade que "abusando de la situación de necesidad en la que los mismos se encontraban, les imponían unas condiciones laborales claramente abusivas, no dándoles de alta en la Seguridad Social o bien dándoles de alta con una jornada laboral a tiempo parcial, cuando realmente prestaban servicios a jornada completa".

Además, no respetaban sus descansos diarios ni semanales, les pagaban de forma tardía, sin llegar al salario mínimo, los sometían a un trato vejatorio, con gritos o insultos, y no les abonaban los finiquitos a la terminación de las prestaciones correspondientes.

Además, el varón agredió con una escoba a uno de ellos, de origen senegalés, cuando este le reclamó los 750 euros que le debía y al que causó lesiones que tardaron en curar cinco días.

La sentencia ha condenado a cada uno de los acusados a un año de cárcel y multa de 360 euros, y en el caso de aquel, además, al pago de 60 euros de multa por un delito leve de lesiones, junto con la obligación de pagar una indemnización de 200 euros al perjudicado por las lesiones.

El tribunal ha acordado suspender por dos años la pena privativa de libertad a condición de que durante ese tiempo no vuelvan a delinquir y, además, en el caso de él, a que pague la indemnización citada.