El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso de la dueña de una academia de danza contra la orden de cierre dictada por el Ayuntamiento por molestias a los vecinos. Y es que, ante las quejas de estos, el Consistorio acordó dejar sin efecto la licencia concedida y le dio 15 días para el cese de actividades, incluidas las de pilates, yoga y técnicas corporales de artes escénicas.

Según la apelante, el expediente se abrió por actividades que nada tenían que ver con la danza que tenía autorizada y cuyos responsables eran los integrantes de una cooperativa. Así, pedía que se suspendiera la medida por los perjuicios para la academia, que cuenta con más de 30 años de historia con actividades de soporte a enseñanzas regladas y homologadas.

Al desestimar el recurso, la sala comenta que «la recurrente no ha acreditado que tenga ni un solo alumno recibiendo la enseñanza para la que le fue otorgada la autorización de apertura y funcionamiento como centro privado de grado elemental de danza». Concluye que frente al interés particular de la recurrente, «ha de prevalecer el interés de los vecinos».