La Audiencia Provincial ha condenado a pasar una década entre rejas a un hombre que abusó sexualmente de una niña de 13 años de edad en un parque de Murcia.

Los hechos tuvieron lugar en 2017. La sala considerado probado que el individuo, que entonces tenía 20 años, «contactó por las redes sociales Facebook y Messenger con dos menores de 13 y 12 años respectivamente, amigas y compañeras en 1º de la ESO».

El sujeto «siendo conocedor de la edad de las menores, concertó una cita con una de ellas para verse en un parque». La niña invitó a su amiga para que la acompañase. Y fueron las dos. Cuando vieron al adulto, se fueron los tres «a un lugar más apartado, donde escucharon música y estuvieron hablando», se lee en el relato de hechos probados del caso.

En un momento dado, prosigue el documento judicial, se fueron a un túnel, y fue ahí cuando «el procesado sacó de la mochila que portaba una botella que contenía whisky y Coca-Cola». Lo mezclaron y lo bebieron.

Una de las menores se fue sobre las nueve y media de la noche, mientras que la otra, que había vomitado debido a la ingesta de alcohol, quedó «acostada en el suelo, en un estado de semiinconsciencia, mareada y adormilada por no estar acostumbrada al consumo de bebidas alcohólicas». El inidviduo se aprovechó de su vulnerabilidad y la violó, tanto vaginal como analmente».

En su declaración, el sujeto soltó que la relación con la menor fue consentida. Aun en el supuesto de que la niña hubiese dado su consentimiento a la relación, al tener solo 13 años se investiga como abuso sexual con penetración. En España, la edad mínima de consentimiento sexual son los 16 años, tal y como queda establecido en el Código Penal.

Además, dado el grado de embriaguez que presentaba, «era incapaz de consentir, ni de reaccionar o de rechazar el acto sexual», precisa la Audiencia Provincial.

Además de la pena de diez años de cárcel, el violador ha de pasar siete años y medio más en libertad vigilada e indemnizar a su víctima (a la que no podrá acercarse en 12 años) con 7.000 euros.