El Tribunal Constitucional ha tumbado el veto del Consell de Valencia a las prácticas universitarias de estudiantes de la privada en hospitales públicos al declarar inconstitucional y nulo ese aspecto de la Ley de Salud valenciana. Esta sentencia supone un espaldarazo a la Universidad Católica San Antonio (UCAM). Aunque en la Región de Murcia el conflicto no llegó a acabar en los tribunales, como sí ha pasado en la vecina Comunidad Valenciana, sí hubo una polémica que salpicó y enfrentó al Gobierno regional, a la citada UCAM y a la Universidad de Murcia.

Lo que dice el Alto Tribunal es que es inconstitucional y nulo que la Ley de Salud valenciana establezca la colaboración solo con las universidades de titularidad pública para las prácticas de estudiantes de titulaciones del campo sanitario.

La sentencia del Constitucional explica que «la normativa estatal se refiere de modo genérico a las universidades, sin distinción alguna entre unas universidades y otras» y dice que «la Generalitat ha vulnerado los derechos fundamentales a la igualdad, a la libertad de creación de centros docentes, a la libertad de elección de centro docente y al deber de ayuda a los centros docentes de la Constitución».

De este modo, «la norma legal valenciana únicamente impone este deber de colaboración del Ejecutivo autonómico respecto de las universidades de titularidad pública, sin mencionar de modo expreso a las privadas». Con esta sentencia se estima el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de 50 senadores del PP y se declara nulo el término «de titularidad pública» contenido en el apartado 65 del artículo único de la ley.

«Contradicciones» con el Estado

«Contradicciones» con el EstadoLa sentencia considera que dicho precepto «incurre en contravención con las competencias exclusivas del Estado en materias de educación y de bases de la sanidad». Dicho precepto dispone de modo expreso el deber de la Generalitat Valenciana, por medio de la Conselleria de Sanidad, de colaborar con «las universidades de titularidad pública», a través del establecimiento de acuerdos entre las universidades y los centros de estudio de las instituciones sanitarias para garantizar la docencia práctica y clínica de las titulaciones que así lo requieran.

Además, «priorizará las impartidas en centros de titularidad pública», en referencia a los centros de formación profesional (no universitarios) que, igualmente, impartan docencia sobre Ciencias de la Salud, con sometimiento a la aplicación de la normativa específica en materia de incompatibilidades.

Los recurrentes consideraban que el contenido de este artículo suponía una infracción competencial y que, además, implicaba una vulneración de varios derechos fundamentales.

El rector de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir-UCV, José Manuel Pagán, dijo ayer, tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que el Consell «ha de dar pasos sí o sí para encontrar ya un acuerdo definitivo» a esta cuestión. Esta resolución, según Pagán, «interpela a dar un paso más y definitivo». «Con la sentencia del TC, el Ejecutivo tiene que dar pasos para encontrar ya un acuerdo definitivo con nuestra Universidad», dice.

En la Región, ahora, la UCAM paga al Servicio Murciano de Salud (SMS) a cambio de formar a sus alumnos en hospitales públicos.