La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a tres años y medio de cárcel a un hombre por un delito continuado de abuso sexual, tal y como se describe en la sentencia, a la que ha tenido acceso LA OPINIÓN.

El procesado, que actualmente tiene 65 años de edad, estuvo años abusando de una menor de edad, hasta que ella cumplió los 16 años y contó a su madre lo que le estaba pasando. Los ataques tenían lugar en la vivienda que la víctima compartía con su progenitora en la capital murciana.

El hombre era amigo de la mujer y aprovechaba sus visitas al domicilio para quedarse a solas con la menor y someterla a tocamientos contra su voluntad. Tal y como se describe en la sentencia, los efectuaba tanto con la mano como con el pene. También le pedía a la niña que le tocara en sus genitales, y se masturbaba delante de ella, hasta eyacular.

En una ocasión, «aprovechando la ausencia de la madre de la casa, llegó a colocarse con su pene sobre las nalgas de la niña hasta eyacular», detalla la sentencia.

En la vista oral que se siguió contra él, el hombre admitió lo que había hecho. Su confesión le supuso una rebaja en la pena a aplicar. Y es que el Ministerio Público pedía para él, en principio, seis años entre rejas, mientras que la acusación particular (ejercida por la madre de la víctima) solicitaba hasta ocho años de prisión y ponía el acento en la agravante de abuso de confianza. El Código Penal actualmente vigente contempla que el reconocimiento de los hechos es un atenuante.

Y otro atenuante es la reparación del daño. También lo tiene en cuenta la Audiencia Provincial. Esto se aplica cuando el acusado indemniza a su víctima con una cantidad económica.

El hombre, de origen boliviano y que no cuenta con antecedentes penales, tendrá que abonar en total 8.000 euros a la menor. Ya se le han adelantado 3.000 euros. Cuando salga de la cárcel, no podrá aproximarse a ella durante un lustro más. Además, a este condenado se le aplica una inhabilitación especial para ejercer cualquier tipo de profesión que tenga que ver con niños durante los próximos tres años.

La resolución es firme, lo que significa que no se puede recurrir. De las costas también se hace cargo el condenado. La víctima, murciana, ahora tiene ya 18 años.