La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por la familia de una mujer que resultó muerta en un accidente de tráfico que reclamó una condena de 3 años y medio de prisión y la privación del carné por 4 años para el conductor causante del atropello, que dio positivo a las pruebas de consumo de alcohol y que viajaba con exceso de velocidad.

El recurso, según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe, pidió que se revocara la resolución de un Juzgado de lo Penal de Murcia que condenó al acusado, por el delito de homicidio por imprudencia grave, a 1 año y 8 meses de cárcel.

La familia recurrió asimismo la condena de 4 meses de prisión que también se impuso al denunciado como autor de un delito de lesiones por las heridas que el accidente que provocó, ocurrido en la A-30 en julio de 2014, produjo al conductor del segundo turismo, esposo de la víctima mortal.

Para este segundo delito, los apelantes solicitaron 6 meses de cárcel.

Igualmente expusieron que no se debía aplicar al acusado la atenuante de reparación del daño, como había hecho el Juzgado, ya que consideraban que actuó con fraude, ya que un día antes del juicio ingresó 20.000 euros para reparar personalmente el daño causado, en busca de ese beneficio, retractándose finalmente de esa finalidad, ya que utilizó una parte de ese dinero consignado, en concreto, 6.600 euros, para abonar la cantidad pendiente de pago por la aseguradora.

La Sala, al desestimar el recurso, dice que "cuando se consignaron los 20.000 euros y el fiscal los incluyó en sus conclusiones, la acusación particular se adhirió expresamente a este aspecto conclusorio, vinculación que definió de manera inalterable su posición jurídica y de la que ahora no puede abdicar con un alegato de fraude difuso y que no resulta de la grabación", en referencia a la del juicio.

Para el tribunal, lo procedente habría sido exponer si aquellos 20.000 euros suponían una cantidad significativa, en relación con la cifra total indemnizatoria, "para atraer la aplicación de la atenuante".