La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado el auto de un Juzgado de esta ciudad que acordó, como medida cautelar, dejar en suspenso la resolución del ayuntamiento de reducir de 15 a 10 el número de mesas que tenía autorizado una cafetería del Paseo Alfonso X el Sabio.

La sentencia desestima así el recurso presentado por una comunidad de propietarios de la zona y por el propio ayuntamiento, que consideraron acertada la medida acordada por la tenencia de alcaldía de Modernización de la Administración, Calidad Urbana y Participación en diciembre de 2015.

El acuerdo contenía no solo la citada reducción de las mesas autorizadas, sino que se establecía una nueva ubicación de las 10 que se permitían a partir de entonces.

Dice la Sala que a la hora de acordar la suspensión de un acuerdo de la administración se han de ponderar los intereses en conflicto, en este caso, el de la propiedad de la cafetería y el interés general de los ciudadanos.

Y concluye, como hizo el Juzgado de lo Contencioso en el auto apelado, en que el mismo está bien fundamentado, sin que los apelantes hayan aportado prueba alguna en sus recursos que aconsejen su revocación.

Y añade que aunque se trata de una zona de especial protección acústica, los vecinos "están casi obligados" en horario diurno a los ruidos, que en los últimos meses se han visto incrementados con motivo de las obras que se llevan a cabo en el citado Paseo.

Comenta también el TSJ que los apelantes "no han acreditado molestias en horario nocturno de suficiente entidad que pudiesen impedir su derecho al descanso y que provengan de esta cafetería.

La Sala no accede tampoco a atender la solicitud que de forma subsidiaria solicitó la parte apelante en su momento, "tendente a disminuir el ruido en la zona en horario nocturno".