Las infracciones por consumo o tenencia de drogas están a la orden del día en Murcia. La Policía Local, que siempre ha perseguido estos delitos, ha llegado a encontrar hasta 10.161 casos diferentes relacionados con estas sustancias durante los ejercicios de 2016 y 2017, llegando a sumar una cuantía total que supera los seis millones de euros.

La tenencia ilícita de drogas fue localizada con un total de 8.686 casos en estos dos últimos años, de los que 5.197 tuvieron lugar durante el ejercicio del año pasado. Cada una de estas multas le ha supuesto al individuo un importe de 601 euros al tratarse de infracciones graves, según recoge el Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

La fechoría más denunciada de este ámbito es la tenencia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares, vías, establecimientos públicos o transportes colectivos, según los datos proporcionados a este periódico por el Ayuntamiento durante el ejercicio de ambos años.

En cuanto al consumo directo de estas sustancias, al abandono de instrumentos para este fin en lugares públicos y a la tolerancia de estas acciones en establecimientos por parte de los responsables, la Policía Local llegó a registrar un total de 1.475 casos con cuantías que oscilan entre los 300 y los 601 euros, en función de la naturaleza de la infracción. Más de la mitad de estos individuos penalizados, en concreto 778, corresponden al año pasado.

El reincidente, 10.000 euros

El reincidente, 10.000 eurosLas sanciones por drogas aumentaron más del 50 por ciento el año pasado frente al ejercicio de 2016, pero estos importes no son los únicos sobre los que el ciudadano debería estar al tanto, en especial el reincidente. En el caso de cometer una segunda infracción dentro del plazo de dos años, incluso si no está relacionada con las drogas, la cuantía ascendería hasta 10.401 euros por individuo. En esta ocasión, tres han sido los ciudadanos multados ante estas condiciones, dos en 2016 y uno en 2017.

Las infracciones graves, entre las que se encuentran la tenencia y el consumo de drogas en lugares públicos, podrán ser sancionadas con un mínimo de 601 euros y hasta un máximo de 30.000, tal y como expone la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana en su artículo 39, siempre y cuando no se haya incurrido en un delito contra la salud pública, castigado por el Código Penal por una cantidad elevada de sustancias o incluso por favorecer a terceras personas con estas prácticas.