La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer que pretendía que su exmarido se mudara a una casa más modesta y con un alquiler más reducido y así poder tener recursos suficientes para aumentar de 150 euros al mes a 200 la pensión que le pasa por alimentos por cada hijo del matrimonio.

La sentencia desestima el recurso que esta mujer presentó contra la dictada por un Juzgado que le atribuyó a ella la guarda y custodia en exclusiva de los menores y un régimen de estancias y comunicaciones de estos con el padre.

Contra la pensión de 150 euros al mes por cada menor, interpuso un recurso de apelación la exesposa, que reclamó que fuese elevada a 200 euros.

Para la apelante, el apelado podía incrementar su aportación por ese concepto "reduciendo el importe del alquiler que abona, buscando una vivienda más económica".

La Sala, al desestimar el recurso, dice que el Juzgado que dictó la sentencia apelada fijó la cuantía de la pensión en 150 euros al tener en cuenta que el régimen de visitas fijado era más amplio del normal, al comprender doce días al mes.

En cuanto a que el padre podría buscar una vivienda más modesta y con renta más baja, el tribunal comenta que, "además de tratarse de una afirmación de parte que no resulta acreditada, la que abona, de 450 euros al mes, no es precisamente desacostumbrada".