La empresa Transporte de Viajeros de Murcia (LATBUS) deberá devolver al Ayuntamiento de esta ciudad los 851.400 euros que recibió del mismo como subvención por haber destinado esa suma a una actividad distinta a la prevista.

Así se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia que desestima el recurso que la citada sociedad presentó contra la dictada por un Juzgado que dio la razón al ayuntamiento.

El Juzgado, en la resolución que ahora se ve confirmada, declaró que se habían demostrado los incumplimientos que se imputaban a la recurrente y que, tratándose de una subvención finalista, destinada exclusivamente a cubrir los déficits de explotación, la misma no podía derivarse a generar beneficios distintos.

La sentencia señalaba también que la empresa utilizó la cobertura del bono transbordo y aprovechó la financiación de este para subvencionar una parte del unibono universitario, «sin que conste probado que el Ayuntamiento consintiera la gestión realizada».

En su recurso, la apelante negó que existieran causas para reintegrar la subvención municipal recibida en los años 2008 a 2010 y defendió su gestión.

Sin embargo, la Sala es concluyente al desestimar el recurso y decir que «no es posible aplicar la subvención concedida para el bono transbordo al unibono universitario, por tratarse de productos completamente distintos, entre los que no cabe establecer equivalencias».