La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso de un trabajador que resultó herido al caer desde el ático de una obra en construcción contra la sentencia del juzgado que absolvió al empresario. La sentencia del Juzgado absolvió al denunciado, que fue acusado de un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones imprudentes.

La resolución declaró probado que el accidente se produjo en noviembre de 2009, cuando el denunciante trabajaba para la empresa del acusado y sufrió la caída desde un ático. Pero añadía el Juzgado de lo Penal que «se desconoce cuáles eran las tareas concretas que se encomendaron al trabajador, así como quién le dio las instrucciones necesarias para ello y cuáles eran las medidas de protección individual o colectiva que se le habían proporcionado».

El relato de hechos probados recogía que como consecuencia de la caída, el trabajador sufrió lesiones que tardaron en curar 187 días, de los cuales, siete fueron de hospitalización. La Audiencia, se remite a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, según la cual no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no resulta ilógica, arbitraria o irracional.