La concejalía de Modernización de la Administración ha comenzado a exigir a sus funcionarios el cumplimiento de la reforma de la Ley del Menor, que recoge un Registro Central de Delincuentes Sexuales con el fin de acreditar que los trabajadores públicos que tienen relación con niños carecen de antecedentes penales como pederastas. Así, el Ayuntamiento exigirá a su plantilla de Servicios Sociales, Bibliotecas y Escuelas Infantiles, entre otros servicios, un certificado de penales, que demuestre que no han sido condenados por pedofilia.

Si se descubre que algún trabajador tiene antecedentes penales en ese sentido será trasladado de servicio y apartado de los lugares de trabajo con menores. El Ayuntamiento da la posibilidad a sus funcionarios de elegir entre pedir ellos mismos el certificado de penales o autorizar a la Administración local a solicitarlo en su nombre. El concejal de Modernización de la Administración, José Guillén, ya ha explicado en Mesa Negociadora todo este proceso tanto a la oposición como a los sindicatos con representación en el Ayuntamiento.

El Registro, previsto en la ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, establece que aquellas profesiones que impliquen un contacto habitual con menores deberán acreditar que carecen de antecedentes penales de índole sexual. Además de los médicos, también tendrán que cumplir este requisito los profesores y resto de funcionarios.

Esta Ley, que modifica el artículo 13-5 de la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor 1/1996, establece que «será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales».