La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal que absolvió a un hombre que fue acusado de prender fuego a la vivienda donde residía el antiguo novio de su pareja, con el que estaba enfrentado porque este le reprochaba que se la hubiera quitado.

La sentencia del Juzgado de lo Penal de Murcia, señala que con anterioridad a esos hechos, ocurridos en diciembre de 2010, denunciado y denunciante coincidieron en una calle de esta ciudad, produciéndose entre ellos un enfrentamiento verbal por el motivo expuesto.

Poco después, al observar que la mujer tenía en su teléfono móvil varias llamadas del denunciante, llamó a este para decirle que los dejara en paz, "reproduciéndose la discusión entre ellos".

El mismo día, por la noche, persona o personas desconocidas -decía la sentencia ahora ratificada por la Audiencia de Murcia- prendieron fuego en la puerta del domicilio del denunciante, ubicada en la pedanía murciana de La Albatalía y propiedad de su padre, causando desperfectos que fueron valorados en 2.760 euros.

El Juzgado dictó una sentencia absolutoria al considerar que en el acto de la vista oral no quedó probado que el acusado fuese el autor de los hechos.

Ahora, la Audiencia Provincial, al desestimar el recurso que presentó el perjudicado, dice que lo hace porque, en aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, no es posible revocar una sentencia absolutoria si la misma no es ilógica, absurda o irracional, lo que no ocurre en este caso.