La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Murcia que condenó a dos hombres por la sustracción de varios artículos de un establecimiento de El Tiro, entre ellos, los zapatos que lucía un maniquí en uno de los escaparates.

La sentencia desestima así el recurso presentado por este último contra la sentencia que lo condenó, como autor de un delito continuado de hurto, a la pena de seis meses de prisión y al pago a la empresa propietaria del local, Hipercor, en 666 euros por los objetos sustraídos.

El otro acusado, como el anterior, natural de Rumanía, fue condenado a un mes de multa, con una cuota diaria de tres euros, así como al pago de una indemnización de 318 euros a la empresa, ello, si el anterior acusado no abonaba esa suma.

El Juzgado declaró probado que en una primera ocasión, el primer acusado accedió a las instalaciones y se apoderó de los zapatos del maniquí, adoptando siempre medidas de vigilancia para evitar ser descubierto.

Al día siguiente volvió al establecimiento junto con su compatriota, apoderándose entonces de otros artículos, como un radiador.

En su apelación, que no ha prosperado, el acusado alegó que el valor de los zapatos era inferior al tenido en cuenta en la sentencia apelada, asegurando que los artículos que están en los escaparates se deterioran y pierden su precio original, argumentación que ha sido rechazada por la Audiencia.

Este tribunal, por otra parte, no ha estimado tampoco otro extremo del recurso, que expuso que al valorar los objetos sustraídos debía descontarse el IVA.