El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por una decena de vecinos que acusaron al Ayuntamiento de esta ciudad y a la Empresa Municipal de Aguas y Saneamiento (EMUASA) de enriquecer a los accionistas de ésta con las tarifas del agua.

La sentencia rechaza el recurso que los demandantes presentaron contra la orden de la Comunidad Autónoma de Murcia de diciembre de 2011 que autorizó las nuevas tarifas del servicio de agua potable de Murcia, propuestas por el consistorio municipal.

Los demandantes alegaron que la orden suponía unas contraprestaciones coactivas en forma de tarifas sin respetar el principio de reserva de ley y que era nula de pleno derecho por haberse seguido el procedimiento legalmente establecido. Además, expusieron que las tarifas debieron ser aprobadas por el pleno del Ayuntamiento, entre otras consideraciones. Para los recurrentes, «la falta de control municipal ha ocasionado que las tarifas aprobadas sin inmensos beneficios a la sociedad, se distribuyen entre los socios en proporción al capital desembolsado, ingresando éstos en sus bolsillos privados los beneficios».

La Sala de lo Contencioso, al desestimar el recurso, dice que al no tratarse de una tasa, las causas de nulidad argumentadas no existen. Rechaza las alegaciones sobre incompetencia del órgano que aprobó las tarifas, la ausencia de informe de la intervención y los errores en el informe de EMUASA, «que tampoco han sido debidamente acreditados»