Una enferma mental que se tiró por el balcón de su casa -ubicada en un cuarto piso- poco después de recibir el alta en el hospital psiquiátrico de Murcia en el que había recibido asistencia, no será indemnizada, al considerar los jueces que la administración sanitaria no es responsable de lo ocurrido. Así se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del TSJ, que ha desestimado la demanda planteada por su madre, que reclamó una indemnización de 411.000 euros.

En su demanda, expuso que se había producido un anormal funcionamiento de los servicios públicos y que su hija recibió el alta de forma prematura. Por el contrario, los jueces señalan que durante el proceso judicial no se demostró que el suceso, en el que la joven sufrió heridas graves, fuese consecuencia de una incorrecta actuación por parte de los facultativos. Así, indican que a las actuaciones fue incorporado un informe en el que se afirma que se le dio el alta «cuando parecía tener su conducta bajo control, no presentaba ideación suicida y se había restaurado el tratamiento».