La Audiencia Provincial de Murcia no ha accedido a rebajar la pensión por alimentos de 400 euros mensuales que un hombre paga a su hija por sospechar que no ha sido transparente a la hora de declarar sus ingresos.

El tribunal desestima así el recurso que el apelante presentó contra la sentencia del Juzgado de Familia, que tampoco estimó su petición de que la hipoteca de la que había sido domicilio familiar fuese abonada por mitad por ambos cónyuges.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el Juzgado de Familia fijó la cuantía de la pensión al tener en cuenta que la capacidad económica del padre se había mantenido idéntica desde el año 2009, en que se dictó la separación matrimonial, "al tiempo que le reprochaba falta de la debida transparencia en la acreditación de sus ingresos".

En cuanto al pago de la hipoteca por mitad, la sala señala que, en contra de lo manifestado por el apelante, no se ha demostrado que su exmujer se haya incorporado al mercado de trabajo y que pueda hacer frente al mismo.