Romper los monopolios y endurecer las sanciones cuando se produzcan abusos en las contrataciones de servicios y en las tarifas establecidas con empresas de electricidad, agua, gas, transporte, vivienda y telecomunicaciones, principalmente, son algunas novedades de la reforma de la ley de consumo que ayer fue presentada a diversas asociaciones ciudadanas en Murcia. También se multará a las empresas que impidan a sus clientes darse de baja.

El director general de Consumo, José Gabriel Ruiz, indicó que la nueva normativa, que consta de 25 capítulos de los que siete son totalmente innovadores, se centra sobre todo en sectores como la vivienda, el gas, la electricidad, la telefonía, internet y televisión por cable, ya que acumulan el 60% de las reclamaciones.

El borrador de la ley establece que exista idéntica facilidad tanto para la contratación como para la anulación con las compañías, y se pueda emplear el mismo procedimiento para realizarlo. García Ruiz puso como ejemplo que si se contrata un servicio por teléfono, el consumidor también tendrá la posibilidad y el derecho de rescindir el contrato por vía telefónica. Igualmente, con la nueva normativa tampoco se permitirá, como ocurre ahora, que las compañías pongan dificultades a sus clientes para abandonar una determinada empresa.

José Gabriel Ruiz remarcó que la obligatoriedad que tienen las empresas de servicios de proceder a la devolución de cantidades cobradas en caso de servicios no prestados.

El director general de Consumo puso el énfasis en la vigilancia a las empresas que, previo acuerdo, unifiquen sus tarifas para crear un monopolio de precios, impidiendo así la libertad de mercado en detrimento de los consumidores.

Sistema de sanciones

Con la futura ley para la modernización e impulso de la protección de los consumidores se pretende agilizar todos los trámites relativos a peticiones de información, reclamaciones y quejas a las empresas prestadoras de servicios o vendedores de productos, al mismo tiempo que se pueda recurrir a sistemas de mediación de conflictos ajenos a los tribunales para buscar soluciones en un período corto de tiempo.

También se refuerza el sistema de sanciones y se endurecen las multas, que pueden oscilar entre los 200 y los 500.000 euros. Se establece un sistema para que la conducta infractora no se mantenga si permanezcan sus efectos.

Se contempla como conductas especialmente sancionables el fraude en la prestación de servicios de instalación o reparación de bienes, el incremento de precios en los repuestos, la realización de actividades sin los seguros ni los avales obligatorios, o la inclusión de cláusulas abusivas en la oferta o promoción de productos.

Otra innovación de la ley regional de consumo es incluir la publicidad subliminal como falta grave y sancionable, persiguiendo también los mensajes que discriminen a colectivos sociales.