Los restaurantes de tres y cuatro tenedores, que son los de más categoría, estarán obligados a partir de ahora a incluir en su carta platos murcianos y vinos de la Región, según establece un decreto aprobado ayer por el Consejo de Gobierno, que sustituye a una normativa aprobada hace cuarenta años. La regulación de 1965 aún en vigor no contemplaba tampoco los nuevos tipos de establecimientos que han ido apareciendo en las últimas décadas, como las pizzerías o las hamburgueserías. Entre las novedades más significativas, figura la obligación de disponer de una superficie de dos metros cuadrados por comensal y de un aseo por cada cincuenta clientes.

Los 10.000 bares, cafeterías, restaurantes y bares con música que hay en toda la Región tendrán un plazo de dos años para adaptarse al decreto de la consejería de Turismo que establece las nuevas categorías y las condiciones que deben reunir sus instalaciones. En total, estos establecimientos dan empleo a 25.000 trabajadores.

El consejero de Turismo, José Pablo Ruiz Abellán, aseguró ayer que el decreto que regulará a partir de ahora las condiciones de los establecimientos públicos en los que se sirvan comidas y bebidas ha sido consensuado con los empresarios de hostelería, después de casi un año de negociaciones. Muchos de los requisitos que establece no aparecían regulados en la normativa de 1965 a la que sustituye, aunque no prevé que los establecimientos tengan que realizar inversiones importantes para adaptarse. Han quedado excluidos los establecimientos que sirven comidas gratuitas, como los comedores de empresas, los de centros docentes y los de instituciones benéficas. Las barracas tampoco estarán obligadas a cumplir las normas establecidas para los restaurantes, al no ser considerados como establecimientos estables, según explicó Ruiz Abellán.

Los restaurantes de tres y cuatro tenedores, que son los de más categoría, están obligados a incluir en la carta platos murcianos y vinos de la Región, con el fin de difundir la gastronomía de la tierra.

Tendrán que tener unas dimensiones mínimas de dos metros cuadrados por cada comensal y un aseo por cada cincuenta clientes.

En lugares visibles y escrito en cuatro idiomas tendrá que anunciarse la existencia de las hojas de reclamaciones. Obligatoriamente, el texto de estos carteles debe estar escrito en español, francés e inglés y en un cuarto idioma que podrán elegir los propietarios.

Estará prohibida la entrada de animales a los bares y restaurantes (a excepción de los perros lazarillos de los ciegos), salvo que los propietarios lo anuncien de manera visible en la entrada.

Por otra parte, el consejero de Turismo suscribió las quejas de los hosteleros en contra de la nueva Ley del Tabaco que entrará en vigor a principios de año, dado que establece sanciones de apenas 30 euros para los clientes que fumen en zonas prohibidas, mientras que los establecimientos pueden llegar a ser sancionados con multas de hasta 600.000 euros en caso de reincidencia. Ruiz Abellán considera que la ley debió ser consensuada con los empresarios antes de su tramitación, tal como ha hecho él con el decreto aprobado ayer.