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Política

Prohibirán tender en balcones y ventanas y la instalación cañones espantapájaros: así es la nueva ordenanza en Puerto Lumbreras

Entrará en vigor el 8 de mayo y sustituirá a otra normativa anterior del año 2012, con un articulado "adaptado a las necesidades sociales y a la mejora de la seguridad jurídica de todos los lumbrerenses"

Entra en vigor la nueva Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Lumbreras

Entra en vigor la nueva Ordenanza Municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Lumbreras / P.L.

EFE

La nueva ordenanza municipal de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Lumbreras entrará en vigor el 8 de mayo y sustituirá a otra normativa anterior del año 2012, con un articulado "adaptado a las necesidades sociales y a la mejora de la seguridad jurídica de todos los lumbrerenses", ha dicho la alcaldesa, María Ángeles Túnez.

Entre las novedades de esta nueva normativa destaca la prohibición de tender en balcones y ventanas y el abandono de solares y jardines, del uso elementos sonoros que perturben el descanso vecinal y la instalación de cañones espantapájaros.

La nueva ordenanza preserva el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de todos nuestros ciudadanos.

Incorpora la figura de Zonas de Especial Protección, con la que se puede declarar a los espacios próximos a colegios, parques infantiles, centros sanitarios o residencias de personas mayores, donde las sanciones son de mayor cuantía.

La ordenanza regula las actividades de ocio y consumo de alcohol y establece la obligación de que los organizadores de actos deben velar por que no se cometan conductas incívicas y mantener los espacios utilizados en su estado original.

Prohíbe el uso de aparatos de televisión, radio, música u otros elementos sonoros en horarios inadecuados que perturben el descanso vecinal, así como cualquier tipo de ruido que ocasione las mismas molestias; la instalación y uso de cañones espantapájaros sin autorización expresa y la extensión del cumplimiento de todos los artículos las pedanías".

Considera actitudes vandálicas la manipulación de mobiliario urbano, juegos infantiles o contenedores de basura; prohíbe los daños al patrimonio natural, árboles o jardines, el consumo de alcohol en menores y el establecimiento de la responsabilidad legal de los menores a sus padres, madres o tutores legales.

Una de las novedades es la incorporación al texto de la "justicia restaurativa", que permitirá al consistorio trabajar en la promoción de actividades educativas y de cooperación social con carácter previo a la sanción económica con el objetivo de, en los casos que sea posible, sustituir las multas por sanciones con acciones formativas o labores de interés comunitario para el fomento del civismo.

El cuadro sancionador de la ordenanza incluye infracciones leves con multas de hasta 750 euros, graves de 750 a 1.500 euros y muy graves de 1.500 a 3.000 euros.

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