Medio Ambiente

Las quemas de podas en Lorca deberán comunicarse un mes antes de realizarlas

Los permisos deberán realizarse a la Dirección general de Agricultura de la Comunidad Autónoma

Una excavadora traslada material de podas a contenedores en el Centro de Residuos Sólidos de Barranco Hondo.

Una excavadora traslada material de podas a contenedores en el Centro de Residuos Sólidos de Barranco Hondo. / L. O.

Las personas individuales o empresas que necesiten deshacerse de restos vegetales generados de la explotación agraria, pequeñas explotaciones y microexplotaciones a través de quemas controladas deberán solicitar permiso a la Dirección general de Agricultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

El Ayuntamiento ha informado del proceso necesario a seguir para realizar estas quemas controladas de restos vegetales, según la nueva normativa establecida por el Gobierno regional. El concejal de Medio Ambiente, José Luis Ruiz Guillén, recordaba que la Dirección general de Agricultura del Gobierno regional es la administración competente para “autorizar individualmente la realización de quemas controladas en explotaciones agrarias y para la regulación del régimen aplicable a las micro y pequeñas explotaciones agrarias mediante comunicación previa.

Para realizar las quemas deberán solicitar, tal y como especifica el Decreto Ley, la autorización o comunicación previa. “Ello está basado en la existencia de un riesgo fitosanitario y atendiendo a una serie de condiciones, tales como el cumplimiento de medidas para las zonas de influencia forestal, permanencia del interesado vigilando la quema hasta su completa extinción, el horario al que deben ajustarse las quemas, las distancias a centros educativos, sanitarios, deportivos o de personas mayores, entre otras”, explicaba Ruiz Guillén.

La solicitud deberá realizarse en la Administración regional “con un mínimo de un mes de antelación a la fecha prevista de la realización de la quema, junto con un informe técnico emitido por un Asesor en Gestión Integrada de Plagas inscrito en el Registro Oficial de Productores y Operadores de medios de defensa fitosanitaria, Ropo, donde se acredite la existencia del riesgo fitosanitario y la inexistencia de otros medios para evitar la propagación de la plaga”, detallaba.

En el caso de pequeñas explotaciones “con superficie máxima para cada grupo de cultivo de hasta 10 hectáreas en regadío y hasta 30 hectáreas en secano y microexplotaciones con superficie máxima para cada grupo de cultivo hasta 0,5 hectáreas, se requerirá únicamente una comunicación previa ante la Administración regional como mínimo siete días previos a la realización”, aportaba Ruiz Guillén.

El edil de Medio Ambiente recordaba que fue el pasado 10 de abril cuando se publicaba en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, Borm nº 81, el Decreto Ley que regula la eliminación excepcional de restos vegetales generados en explotaciones agrícolas, mediante quema controlada ‘in situ’, como medida fitosanitaria para evitar la proliferación y dispersión de organismo nocivos en la Región de Murcia, así como su aplicación a las pequeñas y microexplotaciones agrarias.

Por último, José Luis Ruiz ponía de manifiesto que “quienes realicen estas quemas de restos vegetales deben tener en cuenta las medidas para garantizar la salud y la calidad atmosférica en el entorno de los núcleos de población, evitando molestias a los vecinos y respetando la distancia a centros sanitarios, lugares donde se practiquen actividades deportivas al aire libre, centros y residencias de personas mayores, colegios, guarderías y demás centros de enseñanza o educativos, respetando los horarios de asistencia a los mismos, así como evitar la realización de quemas en caso de activación de los niveles de calidad del aire en episodios ambientales de contaminación.