Tribunales
El fiscal del caso de los ganaderos aduce que “existen indicios” de la participación de Francisco Román
La defensa coincide con testigos y policía en que entró a la reunión invitado por el alcalde y ‘no al asalto’
El fiscal del caso del ‘asalto’ de los ganaderos al Centro de Desarrollo Local, CDL, donde estaba previsto que se celebrara a finales de enero del pasado año un Pleno para debatir sobre las distancias mínimas de los cebaderos con viviendas, colegios, consultorios médicos y manantiales solicitaba la presencia en los juzgados del entonces presidente de Adespolorca, Francisco Román, que ahora preside la Cooperativa de Ganaderos de Gestión Medioambiental de Purines, Gesalor.
Aduce el escrito del fiscal que “existen indicios de su participación como consecuencia de las declaraciones de los investigados” y de un Policía Nacional. Varias de las defensas han argumentado que su declaración, esta vez en calidad de investigado, sería “improcedente”. Las defensas apuntan que “yerra el fiscal, a nuestro juicio, porque en ninguna declaración de los investigados, ni del policía que cita, ni de ningún otro testigo, se puede deducir, aplicando las reglas de la lógica, ningún indicio de su participación en los hechos delictivos que se investigan en la presente instrucción”.
Recuerdan que han coincidido en su declaración como testigo, el señor Román y el resto de testigos, que “muchos ganaderos habían mostrado dudas, temores y desacuerdos con algunas propuestas a discutir por el Ayuntamiento, porque entendían (con más o menos información, fundamento, razón o sin ella) que suponían perjuicios para sus intereses legítimos”.
Igualmente, indican que “han coincidido también todos los testigos” que Francisco Román en su condición de representante de una de las organizaciones de ganaderos “se hizo eco, como otros representantes de organizaciones de ganaderos y agricultores, de tales preocupaciones del sector”, y que entró al local donde se celebraba la reunión municipal, “no al asalto, sino invitado por el Ayuntamiento”. Allí mantuvo una reunión con los portavoces de las distintas formaciones políticas con representación en el Pleno “invitado por el alcalde y los concejales”.
Y recalcan que “todos coinciden” en que la “única participación en los hechos investigados en esta causa, del señor Román, fue que -cuando conoció que algunos ganaderos habían entrado al local- abandonar la reunión, pedirles que se marcharan todos no solo a la calle sino a sus casas, para evitar incidente que empañara lo que creía sus justas reivindicaciones”.
En el escrito, dirigido a la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7, la magistrada juez Cristina Ojados, reseñan que “es significativo que ninguno de los presuntos perjudicados por los hechos delictivos, ni el Ayuntamiento, hayan solicitado que se le tenga por investigado”, a la vez que reseñan que “debía ser innecesario recordar que tener opiniones discrepantes de la autoridad municipal, autonómica o estatal, expresar las mismas, incluso si se hace de forma poco elegante, manifestarse, concentrarse y protestar frente a las autoridades, no es delito, ni ningún ilícito, sino derechos constitucionales”.
A la vista de todo lo reseñado, alegan, “que resulta también improcedente, por innecesario, prorrogar el plazo de instrucción dado que los presuntos hechos delictivos que se investigan, están aclarados y sus presuntos partícipes en ellos también”, por lo que piden que se acuerde “denegar por improcedentes las diligencias de investigación propuestas por el Ministerio Fiscal, así como la prórroga del plazo de instrucción, continuando el proceso conforme a Derecho”.
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