La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un conductor contra la sentencia del juzgado de lo Penal de Cartagena que lo condenó a ocho meses de cárcel por circular de forma temeraria por las calles del municipio murciano de Fuente Álamo.

La sentencia confirma en su integridad la resolución apelada, que incluyó la privación durante tres años del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, con pérdida de la vigencia del permiso.

En su recurso alegó que las diligencias del caso debían ser declaradas nulas al no haberle permitido declarar en el atestado, para añadir que el juzgado había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio y que su conducta no supuso ningún peligro para terceros.

Finalmente, el apelante expuso que la privación del permiso de conducir por tanto tiempo suponía una medida desproporcionada.

El juzgado de lo Penal, en la sentencia que ahora encuentra el respaldo de la Audiencia, declaró probado que el acusado condujo de forma temeraria por las calles, por lo que le dio el alto, aunque consiguió huir.

Y añadió que puso en peligro la vida de los demás conductores, por lo que cometió un delito contra la seguridad vial, por el que fue condenado.