La exalcaldesa de Molina de Segura, Esther Clavero, ha impugnado la Asamblea Extraordinaria celebrada el pasado 24 de junio en la que se conformó la Comisión Ejecutiva socialista y se eligió como secretario general del PSOE en Molina a Eliseo García. Tras el archivo por parte de la Fiscalía de las diligencias sobre la vacunación fuera de protocolo de la exalcaldesa donde se concluyó que se no daban los indicios mínimos suficientes de que los hechos denunciados fuesen constitutivos de delito alguno, ésta ha remitido a diversas instancias superiores de su partido nuevos escritos en los que solicita tanto la impugnación de la Asamblea como su restitución como secretaria general del PSOE en Molina.

Entre los motivos que esgrime Clavero para impugnar la Asamblea se encuentra que no se hayan resuelto todavía el expediente por el cual se acordó incoar su expediente disciplinario y el recurso de queja en amparo que interpuso en la Comisión Federal de Ética y Garantía del PSOE. Argumenta que los acuerdos adoptados podrían condicionar el cumplimiento «de una eventual y probable resolución favorable» de su expediente, tal y como se señala en los documentos, a los que ha tenido acceso esta Redacción.

Además, entiende Clavero que la Asamblea adolece defectos en la convocatoria, entre otros: por estar convocada por una persona que no está legitimada, el presidente de una Gestora que, según la exalcaldesa, nunca debió constituirse por no producirse los supuestos previstos en un artículo de los Estatutos del PSOE. Por otra parte, denuncia que no se habrían observado, durante la celebración de la Asamblea, «las debidas garantías» para controlar el censo o la votación, «pudiendo haber tenido acceso personas no afiliadas a la agrupación, o sin derecho al voto».

En cuanto a su expediente disciplinario, todavía sin resolver, Clavero exige que se tenga en cuenta la resolución exculpatoria de la Fiscalía. Para ello, recurre a otro artículo de los estatutos socialistas que establece que la suspensión cautelar de un afiliado que ocupe un cargo orgánico implicará la suspensión temporal del mismo hasta el momento de la resolución del expediente en cuestión. Esa resolución, en opinión de Clavero, debería estar supeditada a la decisión judicial, que debería «prevalecer por orden de jerarquía», y por tanto suponer el archivo de las actuaciones contra ella, dejar sin efecto la suspensión cautelar de militancia y su restitución como secretaria general.