Un juzgado de lo social de Murcia ha declarado nulo por discriminatorio el despido de la ayudante de cocina de un colegio de Molina de Segura porque la empresa tomó esa decisión por su discapacidad física, derivada de su afectación lumbar y su diabetes mellitus.

La sentencia indica que la demandada deberá además indemnizarla con 6.250 euros por la vulneración del derecho fundamental a la no discriminación que padeció con el despido.

Y añade que la empresa no podía desconocer la existencia de esa discapacidad, del 33 %, reconocida por el Instituto Murciano de Acción Social, ya que había motivado varios periodos de baja a lo largo de los años.

El juzgado critica la doblez con que actuó la empresa "que cambió de versión sobre el motivo del despido a medida que su pretendida causa se desvanecía en la orfandad probatoria".

La declaración de nulidad del cese de la relación laboral supone que la demandante deberá ser readmitida en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antes.