La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Santomera contra la sentencia de un juzgado que anuló las dos multas impuestas a una empresa por incumplir la licencia de actividad al considerar que esta había sufrido indefensión.

La sentencia señala que la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento, en su reunión de octubre de 2015, acordó sancionar a la empresa R.G.R., S.L., con una multa de 10.000 euros por una infracción muy grave y otra de 1.000 euros por una grave.

El consistorio consideró probado que en diciembre de 2002 se le había concedido licencia para el depósito de palés de madera deteriorados para su reparación o fabricación de otros.

Sin embargo, se había excedido en esa autorización, lo que se comprobó al observar que almacenaba y trataba residuos de todo tipo de maderas y plásticos diferentes de los inicialmente autorizados por la licencia, produciéndose, además, molestias a los vecinos por las inmisiones de polvo y partículas a la atmósfera al estar el material almacenado a la intemperie.

El juzgado de lo Contencioso número Siete de Murcia declaró que el acuerdo era nulo, al no haberse dado a la empresa sancionada la oportunidad de proponer y practicar pruebas, lo que era preceptivo.

Frente a esa argumentación, la Sala anula esa sentencia tras señalar que la ahora recurrida no sufrió indefensión alguna, ya que conocía perfectamente los hechos imputados, las actuaciones practicadas en el expediente sancionador y la posibilidad de proponer las pruebas que considerara oportunas en su descargo.