La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia que condenó al vigilante de un local del centro comercial Dos Mares al pago de una multa de 240 euros por sustraer una depiladora y ha mostrado su sorpresa por el hecho de que tratara de justificar su acción alegando que lo hizo porque sufría un estado de necesidad.

La sentencia señala que el juzgado de instrucción de San Javier que dictó la resolución recurrida declaró probado que los hechos ocurrieron el seis de septiembre de 2017 cuando el acusado, que trabajaba como vigilante de seguridad en un local del Centro Dos Mares, se apoderó de la depiladora.

La sentencia recogía también que a continuación llevó este objeto, que fue tasado en 109 euros, hasta su vehículo, por lo que lo consideró autor de un delito leve de hurto.

En su recurso, el denunciado pidió su absolución en aplicación de la eximente de estado de necesidad, alegato que ha producido sorpresa al tribunal de la Audiencia.

Así, este comenta en su sentencia confirmatoria que "no se acaba de entender muy bien qué perentoria y primera necesidad se iba a satisfacer con el peculiar objeto sustraído, como sí ocurriría caso de haber hurtado algún producto de primera necesidad, como comida o medicamentos".

El tribunal confirma la sentencia recurrida, tras señalar que en los hechos no concurre la citada eximente.