La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un juzgado de instrucción de San Javier que, en enero de 2018, condenó al encargado de una empresa que agredió a un trabajador al recriminarle que no había hecho nada de la labor que tenía encomendada.

El juzgado declaró probado que los hechos ocurrieron en junio de 2017, en un hotel de San Javier, donde el denunciante realizaba trabajos para una empresa de reformas.

En un momento determinado, el encargado le propinó golpes en la cara y en la cabeza al reprocharle que su rendimiento había sido nulo, produciéndole lesiones que tardaron en curar cuatro días.

La sentencia, ahora confirmada por la Audiencia Provincial, condenó al acusado, como autor de un delito leve de lesiones, al pago de una multa de 180 euros y de una indemnización de 160 euros.

En su recurso, el denunciado alegó que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y que el juez no le facilitó el derecho a hacer uso de la última palabra en la vista oral.

Frente a este último alegato, la Sala dice que, por el contrario, sí se le ofreció ese derecho, a lo que respondió que no tenía nada más que añadir.

Y respecto a los hechos, el tribunal considera que los mismos quedaron suficientemente probados en el juicio.