La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Cieza que, en febrero pasado, absolvió a un conductor y a su compañía aseguradora por la muerte de un peatón que a altas horas de la madrugada irrumpió en la calzada de una autovía con ropa oscura y sin llevar ninguna prenda reflectante.

La sentencia, al desestimar el recurso que contra la anterior resolución judicial presentó el hermano del fallecido, señala que este accedió al carril de la vía por la que circulaba el conductor sin ningún elemento luminoso o reflectantes, sin que existiera en la zona iluminación artificial y cuando existía la prohibición de circular por allí.

Su conducta, añade la Audiencia Provincial de Murcia, fue "gravemente negligente e imprevisible, lo que constituyó la causa de la colisión".

Para la sala, el hombre que resultaría fallecido se convirtió, con su conducta, "en un obstáculo en movimiento que irrumpió súbitamente en la trayectoria del turismo en una vía de circulación rápida, de acceso prohibido a los peatones".

Y añade que el conductor demandado viajaba a una velocidad autorizada, "sin que consten síntomas de cansancio, por lo que en las circunstancias concurrentes no pudo evitar el atropello".

En su recurso, el hermano del peatón fallecido expuso, entre otras alegaciones, que el conductor iba a una velocidad excesiva y con luz de cruce, que iluminaba, solo, hasta una distancia de 40 metros.