La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que el Heredamiento de Regantes de Lorquí presentó contra la resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) que rechazó la reclamación que había efectuado contra la decisión del Sindicato de Riegos del Heredamiento de Molina de Segura de cortarle el agua por una deuda.

La citada organización acudió a los tribunales para recurrir el acuerdo de la segunda comunidad, adoptado en marzo de 2012, de cortarle el suministro hasta que abonara la deuda que mantenía con esta por las obras de modernización de regadíos emprendidas en Molina de Segura.

Para los regantes de Lorquí, la obligación en base a la cual el órgano de cuenca había respaldado la decisión del Sindicato de Riegos de la segunda población no existía, ya que afirmaron que eran autónomos, por lo que no estaban obligados a asumir el pago que se les reclamaba.

Alegaron, además, que los caudales del Heredamiento eran privados y que estaban excluidos de la aplicación de la Ley de Aguas, además de estar definidos como regadíos tradicionales por un decreto de 1953.