La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia que condenó a un hombre a nueve meses de prisión y al pago de una multa de 300 euros por agredir a un policía local de Molina de Segura que había acudido a las inmediaciones del establecimiento en el que el acusado había alterado el orden.

La sentencia desestima así el recurso que presentó el acusado, que aseguró que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia y que los agentes que declararon como testigos habían incurrido en contradicciones, por lo que los hechos que se le atribuían no podían ser dados por probados.

El Juzgado de lo Penal, en la resolución que ahora se ve confirmada, declaró que los hechos ocurrieron en la noche del 24 de junio de 2017, cerca del local donde acababa de alterar el orden.Cuando los dos policías locales trataron de identificarlo, no solo se negó a ello, sino que dio un puñetazo a uno de ellos, produciéndole lesiones que tardaron en curar tres días y por las que el agente no ha reclamado indemnización.

Al desestimar el recurso de apelación, la Sala de la Audiencia dice que los hechos considerados probados integran el delito de atentado por el que se le condenó, ''ya que se trató de un acometimiento ejecutado mediante un puñetazo dado a un funcionario policial que se hallaba en el ejercicio de sus funciones''.